Sabia Vd....
Si contrata a un joven menor de 30 años (o menores
de 35 años si tienen reconocido un grado de discapacidad igual o superior al
33%) que reúna determinado requisitos, podrá aplicar un reducción de la cuota
empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes del 100% por
empresas con plantilla inferior a 250 trabajadores o del 75% en empresas con
plantilla igual o superior, durante un máximo de doce meses. Este incentivo
podrá ser prorrogado por otros doce meses, siempre que el trabajador continúe
compatibilizando el empleo con la formación, o la haya cursado en los seis
meses previos a la finalización del período de los doce primeros meses.
Dentro
de las medidas de Apoyo al Emprendedor destaca el contrato a tiempo parcial con vinculación formativa, un tipo de
contrato que nació con el objetivo de favorecer la contratación juvenil y que
lleva asociados interesantes incentivos para la empresa con reducciones de
hasta el 100% en la cuota de la Seguridad Social durante los 12 primeros meses.
La
normativa que lo regula establece unos requisitos tanto para el trabajador como
para la empresa contratante.
Requisitos de los trabajadores
Jóvenes
desempleados inscritos en la Oficina de Empleo, menores de 30 años o menores de
35 años si tienen reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y
reunir alguno de los requisitos siguientes:
·
Estar desempleados, inscritos ininterrumpidamente
en la oficina de empleo al menos doce meses durante los dieciocho anteriores a
la contratación.
·
No tener experiencia laboral o que ésta sea
inferior a tres meses.
·
Proceder de otro sector de actividad. A estos
efectos se entenderá sector de actividad el identificado como Clase mediante un
código numérico de cuatro cifras en el Anexo del Real Decreto 475/2007, de 13
de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades
Económicas 2009 (CNAE-2009).
·
Carecer de título oficial de enseñanza
obligatoria, de título de formación profesional o de certificado de
profesionalidad.
·
Ser personas beneficiarias del Sistema
Nacional de Garantía Juvenil.
Características del contrato
·
Por tiempo indefinido o de duración
determinada
·
Jornada a tiempo parcial no superior al 50%
de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable., salvo en
el caso de personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que
podrá alcanzar el 75% de la jornada.
Formación
Los
trabajadores deberán compatibilizar el empleo con la formación o justificar
haberla cursado en los seis meses previos a la celebración del contrato.
La
formación, que no será necesario que esté vinculada específicamente al puesto
de trabajo objeto del contrato, podrá ser:
ü Formación
acreditable oficialmente o promovida por los Servicios Públicos de Empleo.
ü Formación
en idiomas o tecnologías de la información y la comunicación de una duración
mínima de 90 horas en cómputo anual.
Requisitos de la empresa
·
Empresas, incluidos los trabajadores
autónomos.
·
Las empresas, incluidos los trabajadores
autónomos, no deberán haber realizado, en los seis meses anteriores a la
celebración del contrato, decisiones extintivas improcedentes. La limitación
afectara únicamente a las extinciones producidas a partir del 24 de febrero de
2013, y para la cobertura de aquellos puestos de trabajo del mismo grupo
profesional que los afectados por la extinción y para el mismo centro o centros
de trabajo.
·
Debe mantenerse el nivel de empleo alcanzado
con el contrato durante, al menos un periodo equivalente a la duración de dicho
contrato con un máximo de doce meses desde su celebración. En caso de
incumplimiento de esta obligación se deberá proceder al reintegro de los
Incentivos.
·
No se considera incumplida la obligación de
mantenimiento del empleo cuando el contrato se extinga por causas objetivas o
por despido disciplinario cuando uno u otro sea declarado o reconocido como
procedente, ni la dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total o
absoluta o gran invalidez del trabajador o por expiración del tiempo convenido
o realización de la obra o servicio objeto del contrato, o por resolución
durante el periodo de prueba.
Incentivos
Reducción
de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes del
100% por empresas con plantilla inferior a 250 trabajadores o del 75% en
empresas con plantilla igual o superior, durante un máximo de doce meses.
Este
incentivo podrá ser prorrogado por otros doce meses, siempre que el trabajador
continúe compatibilizando el empleo con la formación, o la haya cursado en los
seis meses previos a la finalización del período de los doce primeros meses.
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