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Mostrando entradas de junio, 2017

Campaña de declaración del Impuesto sobre Sociedades 2016: Principales novedades y claves a tener en cuenta

¿Sabia Vd?.... Campaña de declaración del Impuesto sobre Sociedades 2016: Principales novedades y claves a tener en cuenta Como todos los años, el próximo día 1 de julio la Agencia Tributaria pondrá en marcha la Campaña del Impuesto sobre Sociedades 2016, que presenta novedades importantes y obligaciones de carácter formal que debemos saber. Entre otras novedades importantes, destaca la eliminación en el modelo 200 de dos cuadros: El de operaciones con personas o entidades vinculadas en caso de aplicación de la reducción de rentas procedente de determinados activos intangibles. Y el de información de operaciones con personas o entidades vinculadas. Esta información se debe proporcionar a través de una declaración informativa específica, el modelo 232, que deben presentar los contribuyentes que realicen este tipo de operaciones. Estimado/a cliente/a: Como todos los años, el próximo día 1 de julio la Agencia Tributaria pondrá en marcha la Campaña del Impuesto sobre Soc

¿Se puede instalar GPS en los coches de empresa que utilizan los trabajadores?

¿Sabia Vd?.... ¿Se puede instalar GPS en los coches de empresa que utilizan los trabajadores? Sí. El Estatuto de los Trabajadores establece que el empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana y teniendo en cuenta la capacidad real de los trabajadores disminuidos, en su caso. No obstante, la existencia de esta legitimación, sin necesidad de que preste consentimiento previo el trabajador, no excluye el cumplimiento del deber de informar conforme a la Ley de Protección de Datos, además de la inscripción del correspondiente fichero, y cumplimiento del resto de la normativa de protección de datos. Hoy en día es habitual que las empresas dispongan de sistemas para ubicar en cada momento, a sus trabajadores, ver la ruta que han seguido, cuanto tiempo han dedicado a cada para

Recuerde que su empresa puede amortizar libremente los activos de escaso valor

¿Sabia Vd?.... Recuerde que su empresa puede amortizar libremente los activos de escaso valor De cara al Impuesto sobre Sociedades y para los empresarios y profesionales en estimación directa en el IRPF, la normativa permite que se puedan amortizar libremente los elementos del inmovilizado material nuevos (por ejemplo, herramientas, tablets, ordenadores, etc…), cuyo valor unitario no exceda de 300 euros, hasta el límite de 25.000 euros referido al período impositivo. Le recordamos que si su empresa tiene elementos del inmovilizado material nuevo (por ejemplo, herramientas, tablets, ordenadores, etc…), cuyo valor unitario no exceda de 300 euros, hasta el límite de 25.000 euros referido al período impositivo, puede amortizarlos libremente. Atención. Si el período impositivo tuviera una duración inferior a un año, el límite señalado será el resultado de multiplicar 25.000 euros por la proporción existente entre la duración del período impositivo respecto del año (250.000
¿Sabia Vd?.... Si su empresa tiene vehículos comerciales  y furgonetas, vigile los nuevos criterios de inspección…!!! A partir del 28 de mayo de 2018, los vehículos comerciales tendrán inspecciones técnicas en carretera más exigentes. La principal novedad de las inspecciones técnicas visuales, es que la comprobación de la sujeción de la carga ya no será "meramente visual". Las nuevas inspecciones evaluarán las situaciones de emergencia y las maniobras de arranque cuesta arriba. La seguridad de los frenos, neumáticos, ruedas, chasis y emisiones contaminantes del vehículo se revisarán con especial cuidado en las estaciones ITV. Los vehículos con deficiencias graves o peligrosas que afecten de manera grave o supongan un riesgo directo para la seguridad vial podrán ser inmovilizados o desplazados a un taller cercano. En caso de que no requieran una reparación inmediata, los responsables deberán corregirlas y someterse a una nueva inspección en el plazo de 15 días hábiles

¿Está obligada la empresa a renumerar a los becarios?

¿Sabia Vd?.... ¿Está obligada la empresa a renumerar a los becarios? No es obligatorio retribuir a los becarios. Ahora bien, su contratación es fraudulenta si sus tareas benefician a la empresa y no contribuyen a sus estudios. Como habrá visto por diversos medios de prensa, han aparecido algunas noticias donde determinadas empresas tienen a becarios de forma fraudulenta y sin sueldo. Pues bien a raíz de esta polémica que ha surgido, cabe preguntarse si desde el punto de vista legal, ¿está obligada la empresa a remunerar a los becarios y, si es así, si existe una cuantía mínima que debemos abonarles? La figura del becario El término becario se refiere al del estudiante que realiza prácticas en una empresa, pública o privada, para adquirir experiencia profesional, reciba compensación económica o no. También es la palabra que define a la persona que se incorpora a un proyecto de investigación o que recibe una ayuda económica para movilidad o estudios. Si una emp
¿Sabia Vd?.... ¿Qué consecuencias tienen para los contribuyentes afectados la declaración de inconstitucional y nula de la “amnistía fiscal” aprobada por el Gobierno en 2012? La sentencia del Tribunal Constitucional de 8 de junio de 2017, ha declarado inconstitucional la amnistía fiscal aprobada por el gobierno del PP en marzo de 2012 por infringir el principio de reserva de ley, al utilizar el Real Decreto-ley para aprobar una medida tributaria que afecta de manera relevante o sustancial al deber constitucional, de todos, de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos. En virtud del principio de seguridad jurídica, el Tribunal señala que la decisión no afectará a las regularizaciones tributarias firmes que se realizaron al amparo de la norma anulada. No obstante, el Tribunal no dice nada de los procesos que están abiertos, por lo que se podría interpretar que estos expedientes sí podrían ser anulados. Le informamos que La sentencia del Tribunal Constitucional de 8 d

El TS ha establecido que es compatible la condena simultánea por delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y por delito de negativa a someterse a la práctica de la prueba de alcoholemia

¿Sabia Vd?.... ¨        El TS ha establecido que es compatible la condena simultánea por delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y por delito de negativa a someterse a la práctica de la prueba de alcoholemia a requerimiento de agente de la autoridad, al considerar que no vulnera el principio de proporcionalidad ni el principio ‘non bis in ídem’, que impide castigar dos veces a una persona por un mismo hecho. La Sala subraya que el legislador ha considerado la punición acumulada de ambos tipos penales como necesaria “para reforzar con una mayor eficacia la tutela penal de los importantes bienes jurídicos personales que están detrás de los riesgos de la circulación vial, según se acredita mediante las cifras negras que reiteradamente publica la Dirección General de Tráfico”.

LA REPUTACIÓN ONLINE DE LAS EMPRESAS EN 6 GRANDES CLAVES (PARTE II)

¿Sabia Vd?.... LA REPUTACIÓN ONLINE DE LAS EMPRESAS EN 6 GRANDES CLAVES (PARTE II) En la actual coyuntura económica y con la brutal competencia en, prácticamente, todos los sectores comerciales y empresariales, tener presencia on line en las redes sociales es vital. Pero, ¿cómo trabajarla para no dañar la imagen de la empresa? Algunas organizaciones creen que su negocio tiene una clientela lo suficientemente asentada como para no preocuparse por las redes sociales o que sus clientes no son de los que las usan, sin embargo si la competencia toma a éstas como un método para ganar seguidores, confianza y publicidad gratuita, puede ganar cuota de mercado simplemente con un click y gracias al boca a boca. Los beneficios que las redes sociales pueden aportar a la firma son muchos y la importancia de la reputación online de ésta está en la red y, también, los peligros a los que se enfrenta si no cuida bien estas nuevas formas de comunicación masiva. 4. Cuidado con las críticas negat