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Mostrando entradas de 2015

horarios de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos para el año 2016 (Bares, Restaurantes, Discotecas, Eventos, Hoteles, Actuaciones en la calle)

Sabia Vd.... DECRETO 21/2015, de 22 de diciembre, del president de la Generalitat, por el que se regulan los horarios de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos para el año 2016 . Comunitat Valenciana (DOCV 29-12-2015) Principales novedades que esta regulación presenta para este año 2016: No inclusión de aquellos artículos que suponen una reiteración de los preceptos contemplados en el título VIII del reglamento aprobado por Decreto 143/2015. Sin perjuicio del carácter complementario de la regulación prevista en aquel. Salas de bingo, casinos y salones de juego tipo B: el artículo 6 del presente decreto modifica su contenido habitual durante estos años para remitirse, tal cual, a la normativa sectorial reguladora de los referidos establecimientos (art.28 del Reglamento de casinos de juego, Decreto 56/2015, y art.4 del Reglamento del juego del bingo, Decreto 62/2015), sin ningún otro tipo de salvedad. No obstante , en lo que at

RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES EN EL CIERRE DEL 2015

Sabia Vd.... Se acerca el cierre del  ejercicio: Las cuentas anuales y la responsabilidad de los administradores Las cuentas anuales del ejercicio 2015 que ahora se cierra se deben formular por los administradores antes del 31 de marzo de 2016 y ser aprobadas por  la Junta General de Socios antes del 30 de junio de 2016. No obstante, hasta ese momento los administradores de la sociedad deben tomar decisiones y tener presente sus obligaciones, ya que en determinadas circunstancias pueden derivarse responsabilidades a los administradores/socios de una sociedad por la mala gestión realizada por éstos, como por ejemplo, en el caso de pérdidas acumuladas de la empresa o en los supuestos de concurso de acreedores. Estimado/a cliente/a: Como ya sabrá los administradores de la sociedad están obligados a elaborar las cuentas anuales en el plazo máximo de tres meses desde el cierre del ejercicio social, que si no se estipula otra fecha en los estatutos de la sociedad termina el 31 de

¿Está seguro de las coberturas de Seguridad Social de sus trabajadores desplazados?

Sabia Vd.... ¿Está seguro de las coberturas de Seguridad Social de sus trabajadores desplazados? En el caso de los trabajadores desplazados a un Estado miembro de la UE o a Suiza, Islandia, Liechtenstein o Noruega, que siguen cobrando su sueldo en España, la empresa deberá seguir cotizando en nuestro país si se cumplen determinados requisitos. Si el desplazamiento se produce a un país distinto a los indicados, hay que consultar si existe convenio bilateral entre dicho país y España. Estimado/a cliente/a: En ocasiones, una empresa necesita enviar a un trabajador a realizar su actividad a otro Estado.  Se habla entonces de desplazamiento de trabajadores . Conforme a las normas comunitarias, los trabajadores que se desplazan dentro de la Unión Europea deben estar sujetos a una única legislación de seguridad social. Los trabajadores desplazados se encuentran sometidos a la normativa de la Seguridad Social del país en cuyo territorio desarrollen su actividad. Sin embargo esta