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Ausencias injustificadas al trabajo ¿cómo debe actuar la empresa?

¿Sabia Vd?.... Ausencias injustificadas al trabajo ¿cómo debe actuar la empresa? Un trabajador deja de acudir al trabajo durante varios días y no aporta una justificación suficiente. ¿Puede sancionarse? ¿Cuándo puede llegarse al despido? ¿Qué ocurre con el salario correspondiente a esos días? Aunque pueda parecer una situación sencilla, conviene no precipitarse. La empresa debe comprobar qué ha sucedido, documentar las ausencias y valorar su gravedad antes de adoptar una decisión. Las ausencias injustificadas son uno de esos problemas laborales que parecen sencillos hasta que hay que tomar una decisión. El trabajador no viene a trabajar. No presenta una baja médica, no tiene un permiso concedido y tampoco existe, aparentemente, otra razón que explique su ausencia. Ante una situación así puede parecer evidente que la empresa está legitimada para sancionar. En términos generales, así puede ser. Pero una cosa es que exista un incumplimiento y otra muy distinta que cualquier ausencia permi...
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2027 será el año de VeriFactu para empresas y autónomos

¿Sabia Vd?.... 2027 será el año de VeriFactu para empresas y autónomos Después de varios cambios de calendario, aplazamientos y no pocos mensajes comerciales que han contribuido a generar cierta confusión, ya podemos situar VeriFactu en unas fechas mucho más claras. Las sociedades deberán tener adaptados sus sistemas de facturación desde enero de 2027 y, para autónomos y otros obligados, el cambio llegará en julio. Hay tiempo, sí, pero eso no significa que convenga olvidarse del asunto hasta entonces. Se lo explicamos… Después de varios cambios de calendario, aplazamientos y no pocos mensajes que han contribuido a generar cierta confusión, las fechas de VeriFactu se han desplazado finalmente a 2027. Esto da más margen a empresas y profesionales, aunque hay una cuestión que conviene aclarar desde el principio. VeriFactu no es lo mismo que la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales . Son dos cambios distintos, tienen normas diferentes y tampoco coinciden necesariam...

La Inspección también puede exigir la información tributaria guardada en los ordenadores

¿Sabia Vd?.... La Inspección también puede exigir la información tributaria guardada en los ordenadores Cuando llega una Inspección es importante saber hasta dónde alcanzan las facultades de Hacienda, pero también dónde están sus límites. Una reciente resolución del TEAC aborda precisamente esa frontera y deja una advertencia importante para las empresas. Negarse a que los inspectores entren en un espacio constitucionalmente protegido puede ser legítimo en determinadas circunstancias; negarse además a facilitarles la información fiscal almacenada en los ordenadores puede tener consecuencias muy distintas. Una visita de la Inspección a las instalaciones de una empresa no es precisamente una situación cotidiana. Y cuando ocurre, es bastante fácil que aparezcan dudas sobre qué documentación debe facilitarse, hasta dónde puede acceder Hacienda y qué espacios de la empresa están protegidos. Una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) de 23 de junio de 2026 resulta es...

¿Tengo que esperar a terminar el paro para hacerme autónomo?

¿Sabia Vd?.... ¿Tengo que esperar a terminar el paro para hacerme autónomo? Estar cobrando la prestación por desempleo no significa necesariamente que haya que esperar a agotarla para poner en marcha un negocio. En determinadas condiciones es posible iniciar una actividad como autónomo y seguir percibiendo el paro durante un tiempo. Eso sí, hay plazos que conviene conocer porque dejar pasar unos pocos días puede hacer perder esta posibilidad. Perder un empleo y decidir emprender no son situaciones incompatibles. De hecho, para algunas personas el desempleo acaba convirtiéndose en el momento elegido para poner en marcha ese proyecto que llevaba tiempo esperando. Entonces aparece una duda muy habitual . ¿Qué ocurre con el paro que todavía queda por cobrar si la persona decide darse de alta como autónoma? Puede pensarse que comenzar una actividad económica supone dejar de cobrar inmediatamente la prestación. Sin embargo, no siempre es así. En determinadas circunstancias, la prestación con...

Teletrabajo desde España y retenciones cuando la empresa está en el extranjero

¿Sabia Vd?.... Teletrabajo desde España y retenciones cuando la empresa está en el extranjero Trabajar desde casa para una empresa situada en otro país es una situación cada vez más habitual. Lo que no siempre está tan claro es dónde debe tributar ese salario y, sobre todo, qué ocurre cuando la empresa extranjera paga la nómina sin practicar retención alguna en España. Se lo explicamos... El teletrabajo ha hecho bastante más frecuente una situación que hace unos años podía parecer excepcional. Una persona reside en España, desarrolla aquí su jornada laboral, pero la empresa que le paga se encuentra en otro país. Esta forma de trabajar puede generar cierta confusión. Si la nómina procede del extranjero y el empleador no practica retenciones españolas, es fácil preguntarse si ese salario debe tributar aquí, en el país de la empresa o incluso en ambos. La Dirección General de Tributos (DGT), en su consulta vinculante V1339/2026, de 2 de junio, analiza un supuesto de estas características....

Publicidad en mesas, sillas y sombrillas ¿dónde está el límite para deducir el IVA?

¿Sabia Vd?.... Publicidad en mesas, sillas y sombrillas ¿dónde está el límite para deducir el IVA? Mesas, sillas, sombrillas, vasos o copas con el logotipo de una marca forman parte del paisaje habitual de bares y restaurantes. Su función publicitaria parece evidente, pero eso no significa que Hacienda los considere siempre objetos publicitarios ni que el IVA pagado por su adquisición pueda deducirse. Entramos en una terraza y vemos sombrillas, mesas, sillas, vasos o servilleteros con el nombre de una conocida marca. Nadie discutiría que esos elementos hacen publicidad. Sin embargo, cuando trasladamos esa misma situación al IVA, la respuesta deja de ser tan evidente. Para la empresa que adquiere estos productos y posteriormente los entrega a sus clientes, normalmente establecimientos de hostelería, existe una cuestión importante, ¿ Puede deducirse el IVA soportado porque se trata de una acción publicitaria o estamos ante una atención a clientes cuyo IVA queda fuera de la deducción? La ...