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Mostrando entradas de mayo, 2015

¿QUE ES EL DIF PARA LA PYME EN RELACION CON LOS BANCOS?

Sabia Vd.... NUEVO DIF PARA LA PYME Para conocer y comprender mejor las causas objetivos y prioridades de la nueva regulación sobre el fomento de la financiación empresarial debemos tener en cuenta dos premisas: La primera: Dependencia bancaria La empresa española ha sido tradicionalmente muy dependiente de la financiación bancaria, tanto para sus necesidades de inversión como para su operativa corriente. Esta dependencia es todavía más acusada en el caso de las empresas de menor dimensión, cuyo volumen dificulta enormemente el acceso directo a los mercados. La segunda: Importancia de las Pymes en la economía global También es una realidad que las pymes constituyen el porcentaje mayoritario del tejido empresarial español y son, en su conjunto, el principal empleador del país, por lo que una restricción en el acceso al crédito bancario, derivada de problemas inicialmente de índole estrictamente financiera, tiene un impacto muy significativo en el conjunto de la economía.

¿QUE HACEMOS ANTE UNS INSPECCION DE TRABAJO?

Sabia Vd.... PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE RECIBIR LA VISITA DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO  Los inspectores de trabajo se pueden presentar en nuestras instalaciones sin haber preavisado con antelación. En caso de que esto ocurra, se deberá notificar la situación inmediatamente al director de recursos humanos o al responsable del centro de trabajo. Si en el momento de recibir la visita del inspector ni el director de recursos humanos ni el responsable del centro de trabajo están en las instalaciones, se deben tener en cuenta los siguientes puntos a la hora de atender a la Inspección:  Cuando el inspector acceda a nuestras instalaciones, se deberá identificar. Para ello dispone de un carné que acredita su cargo.  Se deberá entregar al inspector el libro de visitas del centro de trabajo. Este libro se utiliza para que la Inspección pueda anotar las comprobaciones realizadas durante su visita.  Se debe intentar que la Inspección no entorpezca la actividad de nuestra empresa. Para e

PRESTACIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD DE LOS AUTÓNOMOS SEGÚN LOS ÚLTIMOS CAMBIOS

Sabia Vd.... Distinguidos Sres., La Ley 35/2014 modifica el régimen jurídico del sistema de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos, a partir del 1 de enero de 2015, en materia de requisitos y formalidades que se exigen para tener derecho a la protección, y del cual destacamos las siguientes NOVEDADES: Reduce el nivel de pérdidas que se exige al autónomo para incurrir en la situación legal de cese por motivos económicos, técnicos, productivos  u organizativos determinantes de la inviabilidad de proseguir la actividad, de entre el 20 y el 30 % de los ingresos obtenidos, para situarlo en el 10 %. En caso de establecimiento abierto al público se exigirá el cierre del mismo durante la percepción del subsidio o bien su transmisión a terceros . No obstante , el autónomo titular del inmueble donde se ubica el establecimiento podrá realizar sobre el mismo los actos de disposición o disfrute que correspondan a su derecho, siempre que no supongan l