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Mostrando entradas de agosto, 2015
Sabia Vd.... A partir de 2016 se modifica el tratamiento contable del inmovilizado intangible (como la marca o la cartera de clientes) y fondo de comercio El cambio se basa en obligar a incluir como gasto un 10% del valor de los activos intangibles (como la marca o la cartera de clientes) para que estén amortizados en diez años. La modificación supone un brusco cambio respecto a la normativa actual. Desde 2016, por lo general, se considerará que un fondo de comercio perderá el 10% de su valor cada año, lo que significa que las empresas tendrán que contabilizar esa amortización como gasto y, por tanto, afectará al beneficio. Estimado/a cliente/a: La nueva Ley de Auditoría ha introducido modificaciones en el Código de Comercio y en la Ley 27/2014 Impuesto sobre Sociedades (LIS), en relación al inmovilizado intangible, que puede tener un impacto significativo en los beneficios de una multitud de empresas y lastrar los procesos de fusiones y adquisiciones. El cambio se basa en ob
Sabia Vd.... Acuerdo laboral de ámbito estatal para el sector de la hostelería En este mes hemos resumido el Acuerdo Laboral de ámbito estatal que es de aplicación a las empresas y a los trabajadores y trabajadoras del sector de hostelería. Estimado/a cliente/a: A continuación queremos informarles sobre el resumen del Acuerdo Laboral de ámbito estatal que es de aplicación a las empresas y a los trabajadores y trabajadoras del sector de hostelería. Se incluyen en el sector de hostelería las empresas, cualquiera que sea su titularidad y objeto social, que realicen en instalaciones fijas o móviles, ya sea de manera permanente, estacional o temporal, actividades de alojamiento de clientes en hoteles, hostales, residencias, viviendas comercializadas con fines turísticos, apartamentos que presten algún servicio hostelero, balnearios, albergues, pensiones, moteles, alojamientos rurales, centros de camping y, en general, todos aquellos establecimientos que presten servicios de hos
Sabia Vd.... En este mes de julio ha entrado en vigor la responsabilidad penal de las empresas por los delitos que cometan las personas que estén a su cargo ¿está su empresa preparada? La reforma del Código Penal establece el deber de los administradores sociales de adoptar y ejecutar modelos eficaces de vigilancia y control para la prevención de delitos, cuyo cumplimiento exime de responsabilidad penal a la sociedad (Modelo de Prevención de Delitos). Estimado/a cliente/a: Les recordamos que el pasado 1 de julio de 2015 entró en vigor la reforma del Código Penal que obliga a las empresas a adoptar medidas de vigilancia y castiga seriamente a las que no cumplan. Se trata de una cuestión de suma importancia para su empresa. Básicamente, la reforma traspasa a las empresas la responsabilidad penal por los delitos cometidos “ en nombre o por cuenta de éstas y, en su beneficio, por sus representantes legales y administradores de hecho o de derecho ”. Asimismo hay responsabilida
Sabia Vd.... Acuerdo laboral de ámbito estatal para el sector de la hostelería En este mes hemos resumido el Acuerdo Laboral de ámbito estatal que es de aplicación a las empresas y a los trabajadores y trabajadoras del sector de hostelería. Estimado/a cliente/a: A continuación queremos informarles sobre el resumen del Acuerdo Laboral de ámbito estatal que es de aplicación a las empresas y a los trabajadores y trabajadoras del sector de hostelería. Se incluyen en el sector de hostelería las empresas, cualquiera que sea su titularidad y objeto social, que realicen en instalaciones fijas o móviles, ya sea de manera permanente, estacional o temporal, actividades de alojamiento de clientes en hoteles, hostales, residencias, viviendas comercializadas con fines turísticos, apartamentos que presten algún servicio hostelero, balnearios, albergues, pensiones, moteles, alojamientos rurales, centros de camping y, en general, todos aquellos establecimientos que presten servicios de hosp
Sabia Vd.... A partir de 2016 se modifica el tratamiento contable del inmovilizado intangible (como la marca o la cartera de clientes) y fondo de comercio El cambio se basa en obligar a incluir como gasto un 10% del valor de los activos intangibles (como la marca o la cartera de clientes) para que estén amortizados en diez años. La modificación supone un brusco cambio respecto a la normativa actual. Desde 2016, por lo general, se considerará que un fondo de comercio perderá el 10% de su valor cada año, lo que significa que las empresas tendrán que contabilizar esa amortización como gasto y, por tanto, afectará al beneficio. Estimado/a cliente/a: La nueva Ley de Auditoría ha introducido modificaciones en el Código de Comercio y en la Ley 27/2014 Impuesto sobre Sociedades (LIS), en relación al inmovilizado intangible, que puede tener un impacto significativo en los beneficios de una multitud de empresas y lastrar los procesos de fusiones y adquisiciones. El cambio se basa en ob