¿Sabia Vd?.... Una audiencia exprés puede convertir el despido disciplinario en improcedente La audiencia previa antes de un despido disciplinario ya no puede entenderse como un simple trámite documental. La empresa debe ofrecer al trabajador una verdadera oportunidad para conocer los hechos que se le imputan y defenderse antes de adoptar la decisión definitiva. Desde noviembre de 2024 las empresas deben prestar especial atención a un paso previo al despido disciplinario que hasta entonces no se exigía con carácter general. El Tribunal Supremo, en su sentencia 1250/2024, de 18 de noviembre, modificó su doctrina y estableció que, antes de despedir por causas relacionadas con la conducta o el rendimiento del trabajador, la empresa debe ofrecerle la posibilidad de defenderse de los cargos formulados contra él, en aplicación del artículo 7 del Convenio n.º 158 de la OIT. La audiencia previa, por tanto, ha dejado de ser una cuestión reservada únicamente a representantes de los trabajadores ...