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¿PIERDO LA ANTIGUEDAD SI FIRMO UNA BAJA VOLUNTARIA Y FIRMO UN CONTRATO NUEVO INDEFINIDO?

Sabia Vd.
Si despide a un empleado que antes de ser indefinido tuvo varios contratos temporales, ¿qué antigüedad deberá computar para calcular su indemnización?
Indemnización. Su empresa va a efectuar un despido por causas objetivas. Dado que sabe que si se equivoca a la hora de calcular la indemnización el despido será declarado improcedente, le interesa conocer cuál es la forma correcta de calcularla si el trabajador despedido ha tenido varios contratos encadenados en su empresa.
Encadenamiento. En general, si entre el último contrato temporal y el indefinido pasaron más de 20 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni festivos), para calcular la indemnización sólo deberá computar como antigüedad la duración del último contrato. ¡Atención! Sin embargo:
  • Si ha pasado un plazo inferior, la indemnización se calculará atendiendo al inicio del contrato temporal.
  • Asimismo, deberá computar como antigüedad la fecha del primer contrato si el lapso entre uno y otro fue de más de 20 días pero coincidió con el período vacacional o con otros períodos de interrupción de la actividad laboral (en este caso se considera que la empresa actuó con fraude ley).
Excepción. No obstante, si alguno de los contratos previos finalizó por baja voluntaria de su empleado, la antigüedad que debe computar es la fecha en la que volvió a ser contratado, aunque dicha contratación se hubiese producido en un plazo inferior a 20 días. Apunte. Se considera que la dimisión del trabajador rompe el vínculo laboral, y el tiempo transcurrido hasta esa fecha se pierde a efectos indemnizatorios.
Recomendación. En definitiva, si antes de hacer fijo al trabajador éste firma la baja voluntaria, o si deja pasar más de 20 días desde el fin del contrato temporal, la indemnización derivada de un posterior despido será inferior (se calculará sólo según la duración del contrato indefinido). ¡Atención! Sin embargo, con una interrupción inferior, deberá computar la antigüedad desde la fecha del contrato temporal, considerando también, a efectos de cálculo de la indemnización, el propio período de interrupción.
Si un trabajador firma la baja voluntaria y vuelve a ser contratado como fijo, su indemnización se devengará a partir de la fecha del contrato indefinido. 

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