Sabia Vd.
Si despide a un
empleado que antes de ser indefinido tuvo varios contratos temporales, ¿qué
antigüedad deberá computar para calcular su indemnización?
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Indemnización.
Su empresa va a efectuar un despido por causas objetivas. Dado que sabe que
si se equivoca a la hora de calcular la indemnización el despido será
declarado improcedente, le interesa conocer cuál es la forma correcta de
calcularla si el trabajador despedido ha tenido varios contratos encadenados en
su empresa.
Encadenamiento.
En general, si entre el último contrato temporal y el indefinido pasaron más de
20 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni festivos), para
calcular la indemnización sólo deberá computar como antigüedad la duración
del último contrato. ¡Atención! Sin embargo:
Excepción.
No obstante, si alguno de los contratos previos finalizó por baja voluntaria de
su empleado, la antigüedad que debe computar es la fecha en la que volvió a
ser contratado, aunque dicha contratación se hubiese producido en un plazo
inferior a 20 días. Apunte. Se considera que la dimisión
del trabajador rompe el vínculo laboral, y el tiempo transcurrido hasta esa
fecha se pierde a efectos indemnizatorios.
Recomendación.
En definitiva, si antes de hacer fijo al trabajador éste firma la baja
voluntaria, o si deja pasar más de 20 días desde el fin del contrato temporal,
la indemnización derivada de un posterior despido será inferior (se calculará
sólo según la duración del contrato indefinido). ¡Atención! Sin
embargo, con una interrupción inferior, deberá computar la antigüedad desde la
fecha del contrato temporal, considerando también, a efectos de cálculo de la
indemnización, el propio período de interrupción.
Si
un trabajador firma la baja voluntaria y vuelve a ser contratado como fijo, su
indemnización se devengará a partir de la fecha del contrato indefinido.
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