¿Sabia Vd?....
Principales alertas para las
declaraciones de Renta y Patrimonio del ejercicio 2016
Antes de hacer la declaración de Renta del
ejercicio 2016 debe recopilar todos los documentos que necesitaremos y, en
especial, obtener los datos fiscales que nos proporciona la AEAT. Recuerde que
es muy importante revisar el Borrador de la declaración con atención y, en su
caso, modificarlo antes de su confirmación. Déjese asesorar por un profesional
experto…
Estimado/a
cliente/a:
Como ya le hemos informado en
su día, le recordamos que la declaración del IRPF se puede presentar, por vía
electrónica a través de Internet, entre los días 5 de abril y 30 de junio de
2017, ambos inclusive, pudiendo domiciliar el pago de la totalidad o del primer
plazo hasta el 26 de junio de 2017. Por otros medios se puede presentar entre
los días 11 de mayo y 30 de junio de 2017, ambos inclusive.
Fechas que no debe olvidar:
- 5 de abril:
comienzo de la campaña para solicitar
borrador de la renta 2016, así como el número de referencia del
borrador y los datos fiscales. También se podrá confirmar el borrador, y
comienzo del plazo para presentar la declaración de la Renta y Patrimonio
2016 por Internet.
- 11 de mayo:
inicio presentación de declaraciones no telemáticas y confirmación del
borrador por otras vías distintas a la vía electrónica: Renta y Patrimonio
2016 en oficinas, entidades financieras y otras colaboradoras,
- 25 de junio:
Último día para presentar declaraciones con domiciliación bancaria.
- 30 de junio:
Último día para presentar declaraciones y borradores de Renta y de
Patrimonio 2016.FIN DE LA CAMPAÑA DE RENTA 2016.
- 31 de diciembre:
cierre del año fiscal 2017 y fecha límite para que Hacienda proceda a
ingresar la devolución de la renta dentro del plazo legal. En caso de no
hacerlo, la AEAT deberá abonar intereses de demora a las cantidades
adeudadas.
- Recuerde que en caso
de fraccionar el pago del IRPF en dos plazos (60% y 40%), el segundo debe
ingresarse, como máximo, el 6 de
noviembre de 2017.
El plazo de presentación de las declaraciones del
Impuesto sobre el Patrimonio (IP) será también el comprendido entre los
días 5 de abril y 30 de junio de 2017, ambos inclusive, excepto en el caso de
domiciliación bancaria de las declaraciones que será desde el 5 de abril hasta
el 26 de junio de 2017, ambos inclusive.
Atención. Es obligatoria la presentación por vía electrónica
para los contribuyentes del IRPF obligados a presentar el Impuesto sobre el
Patrimonio (la presentación de la declaración correspondiente a este impuesto
deberá efectuarse obligatoriamente a través de Internet).
¿Qué formas de presentación de la renta hay para el
ejercicio 2016?
•
A través de
Servicio de tramitación del borrador/declaración el contribuyente puede
confeccionar su declaración del IRPF con el producto Renta Web y proceder a su presentación. Desaparece el
Programa de Ayuda de Renta (PADRE), sustituido por la Renta Web.
•
Se mantiene la
posibilidad de presentación de las declaraciones en papel impreso obtenido a
través del Servicio de tramitación del borrador/declaración.
Considerando que existen una considerable alertas dentro de la declaración de Renta a tener en cuenta, lo vamos a realizar en 12 partes, y esta en el primer envió, esperamos que sea del interés general y ayude a la confección de la declaración de la renta, asi como nuestro departamento fiscal les podemos ayudar a su confección y presentación.
Comentarios
Publicar un comentario
Gracias por su apreciable colaboracion, lo antes posible le contestaremos. El Grupo de Colaboradores de Estudio Juridico 4,S.L., Calle Luz Casanova,12,46009 Valencia. Tel 963689510 email: ej4@estudiojuridico4.es