El TS ha establecido que es compatible la condena simultánea por delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y por delito de negativa a someterse a la práctica de la prueba de alcoholemia
¿Sabia Vd?....¨ El TS ha establecido que es compatible la condena simultánea por delito de conducción bajo la influencia de bebidas
alcohólicas y por delito de negativa a someterse a la práctica de la prueba de alcoholemia a requerimiento de agente de la autoridad, al considerar que
no vulnera el principio de proporcionalidad ni el principio ‘non bis in ídem’, que
impide castigar dos veces a una persona por un mismo hecho. La Sala subraya que
el legislador ha considerado la punición acumulada de ambos tipos penales como necesaria
“para reforzar con una mayor eficacia la tutela penal de los importantes bienes
jurídicos personales que están detrás de los riesgos de la circulación vial, según
se acredita mediante las cifras negras que reiteradamente publica la Dirección General
de Tráfico”.
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