Ayudas 2017 EFICIENCIA ENERGÉTICA en la industria y en los edificios sector terciario. Comunitat Valenciana
¿Sabia Vd?....Ayudas 2017 eficiencia
energética en la industria y en los edificios sector terciario. Comunitat Valenciana
Bases:
Orden 9/2017 (DOCV 09-05-2017) corrección (DOCV 29-05-2017)
Convocatoria
y extracto: RSL 17-05-2017 (DOCV 26-05-2017)
Plazo solicitudes:
se iniciará el día 27-05-2017 y finalizará el 30-06-2017,
a
las 24.00 horas.
Las
solicitudes y documentación anexa se presentarán ante el Registro Electrónico
de la Generalitat.
Modelo
normalizado disponible en la página web http://www.ivace.es.
Objeto:
convocar las ayudas del IVACE en materia de ahorro y eficiencia energética en
la industria y la edificación,
incluido el fomento de los sistemas de gestión energética basados en la norma
ISO 50001. Las actuaciones se encaminan a cumplir los
compromisos internacionales en materia de ahorro, diversificación energética y
respeto al medio ambiente.
Actuaciones apoyables
Programa
de Ahorro y Eficiencia Energética en la Industria:
·
IN12 Inversiones en
medidas de ahorro de energía en la industria
Programa
de Ahorro y Eficiencia Energética en la Edificación:
·
ED32 Mejora eficiencia
energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes
·
ED33 Mejora eficiencia
energética de instalaciones de iluminación interior en los edificios existentes
Programa
de Implantación de Sistemas de Gestión Energética
·
SGE1
Implantación de sistemas de gestión energética basados en la norma ISO
50001
Plazo para la realización: deberán acreditar la realización de la actuación objeto de
subvención con fecha límite 31-05-2018 salvo que por circunstancias
concurrentes se determine un plazo distinto en la resolución de concesión de la
ayuda, debiéndose realizar dicha acreditación en la forma fijada en la
notificación de la ayuda y en el manual de instrucciones de justificación de
ayudas que será publicado en la página web http://www.ivace.es. En el caso de proyectos apoyados
exclusivamente con fondos de la de la Generalitat, los beneficiarios deberán
acreditar la realización de la actuación objeto de subvención con fecha límite
el 27 de diciembre de 2017.
Actuación
IN12. Inversiones en medidas de ahorro de energía en la industria
Objeto: facilitar
la viabilidad económica de las inversiones en ahorro y eficiencia energética en
los procesos industriales existentes en las empresas de la Comunitat
Valenciana.
Beneficiarias:
Empresas
pertenecientes al sector industrial que tengan su sede social o establecimiento
de producción en la Comunitat Valenciana. Aquellas empresas no
pertenecientes al sector industrial, podrán ser beneficiarias de las ayudas,
siempre y cuando el proyecto que vayan a ejecutar sea asimilable a un proceso
industrial.
Actuaciones apoyables: las actuaciones
energéticas que podrán ser objeto de ayuda serán aquellas que produzcan un
ahorro de energía cuantificable y que se justifiquen documentalmente. Con
carácter orientativo, se consideran de este carácter las siguientes:
- Sustitución de equipos e instalaciones consumidoras de energía
por equipos e instalaciones que utilicen tecnologías de alta eficiencia o la
mejor tecnología disponible, con objeto de reducir el consumo energético y las
emisiones de CO2. Serán apoyables tanto la sustitución de equipos de proceso
como la de los equipos auxiliares consumidores de energía (calderas,
compresores, quemadores, motores eléctricos, etc.)
- Recuperación de calores residuales.
- Mejora del rendimiento de
los equipos existentes: variadores de frecuencia en motores, incorporación de
motores de alta eficiencia energética en equipos, etc.
- Implantación de sistemas de medida de consumos y control,
siempre y cuando estos sistemas permitan controlar automáticamente los procesos
optimizándolos energéticamente.
- Proyectos de mejora energética de iluminación en fábricas de
producción, almacenes y cualquier otro tipo de edificio que no se encuentren
dentro del ámbito de aplicación del Código Técnico de la Edificación (CTE). Los
proyectos que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del CTE, por
ejemplo, edificios de oficinas en plantas industriales, deberán presentarse
dentro de la actuación ED33 del programa de ahorro y eficiencia energética en
la edificación.
- Proyectos de mejora energética de los sistemas de climatización
en fábricas de producción, almacenes y cualquier otro tipo de edificio que no
se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Código Técnico de la
Edificación (CTE). En este caso, los nuevos equipos han de ser de alta
eficiencia energética, para lo cual han de cumplir los requisitos establecidos
en el apartado b de la actuación ED32. Los proyectos de mejora de las
instalaciones térmicas en edificios existentes que se encuentren dentro del
ámbito de aplicación del Código Técnico de la Edificación (CTE), por ejemplo,
edificios de oficinas en plantas industriales, deberán presentarse dentro de la
actuación ED32 del programa de ahorro y eficiencia energética en la
edificación.
En cualquier caso, los equipos adquiridos deberán ser nuevos.
Cuantía
máxima: será del 30 % del coste subvencionable, pudiendo incrementarse
en 10 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a pequeñas y
medianas empresas, entidades públicas o entidades sin ánimo de lucro, con un
máximo de 200.000 € por proyecto.
Actuación
ED32. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los
edificios existentes.
Objeto: Reducir el
consumo de energía de las instalaciones térmicas existentes de los edificios
(calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria) de uso
terciario.
Beneficiarios:
Empresas
o entidades de naturaleza pública o privada, propietarias o arrendatarias de
edificios del sector terciario ubicados en la Comunitat Valenciana.
Actuaciones apoyables:
mejorar
la eficiencia energética de las instalaciones de climatización (calefacción,
refrigeración y ventilación) y producción de agua caliente sanitaria que se
renueven, destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las
personas.
Las
actuaciones objeto de ayuda deberán tener una reducción mínima del 20 % del
consumo energético respecto la situación inicial, excepto en el caso de la
implantación de sistemas de control y regulación de equipos y/o instalaciones
en el que el ahorro energético mínimo ha de ser del 10 % sobre la situación
inicial. El cálculo del ahorro energético se realizará mediante la comparación del
consumo energético de la instalación térmica objeto en la situación actual y en
la situación mejorada que se pretende alcanzar tras la reforma.
No serán objeto de
subvención, los proyectos en los que se
reformen las instalaciones térmicas de procesos industriales, talleres u otros
edificios en los que no sea de aplicación el documento HE2– Rendimiento de las
instalaciones térmicas del Código Técnico de la Edificación.
No serán subvencionables aquellos proyectos que cumplan estrictamente los valores de
rendimiento o niveles de eficiencia energética exigidos por la reglamentación
que les sea de aplicación, por no suponer una mejora respecto a los niveles
mínimos que deben cumplir obligatoriamente.
Cuantía máxima:
será del 30 % del coste subvencionable, pudiendo incrementarse
en 10 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a pequeñas y
medianas empresas, entidades públicas o entidades sin ánimo de lucro, con un
máximo de 200.000 € por proyecto.
Actuación
ED33. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación
interior en los edificios existentes.
Objeto: Reducir el
consumo de energía de las instalaciones de iluminación interior existentes en
los edificios de uso terciario.
Beneficiarios:
Empresas
o entidades de naturaleza pública o privada, propietarias o arrendatarias de
edificios del sector terciario ubicados en la Comunitat Valenciana.
Actuaciones apoyables:
Esta
medida pretende mejorar la eficiencia energética de las instalaciones de
iluminación interior que se renueven. Las actuaciones objeto de ayuda deberán
tener una reducción mínima del 30 % del consumo energético respecto la
situación inicial, excepto en el caso de la implantación de sistemas de control
y regulación de equipos y/o instalaciones en el que el ahorro energético
exigido habrá de ser como mínimo del 10 % sobre la situación inicial. El
cálculo del ahorro energético se realizará mediante la comparación del consumo
energético de la instalación de iluminación interior objeto en la situación
actual y en la situación mejorada que se pretende alcanzar tras la reforma.
Las
actuaciones energéticas podrán ser, con carácter orientativo las siguientes:
- Luminarias, lámparas y equipo: sustitución del conjunto por otro
con luminarias de mayor rendimiento, lámparas de mayor eficiencia y reactancias
electrónicas regulables, cumpliendo con los requerimientos de calidad y confort
visual reglamentados.
- Sistemas auxiliares para el control de encendido y regulación de
nivel de iluminación: incluirán aquellos sistemas de control por presencia y
regulación de nivel de iluminación según el aporte de luz natural. En el caso
de que este sistema de control y regulación actúe también sobre las
instalaciones térmicas, se podrá solicitar conjuntamente la ayuda bajo la
actuación ED32 o ED33.
- Iluminación en expositores, carteles, escaparates y rótulos
luminosos publicitarios: sustitución de los sistemas de iluminación actuales
por otros de alta eficiencia energética.
- Reformas de iluminación deportiva en espacios abiertos o
cerrados.
Cuantía máxima:
será del 25 % del coste subvencionable, pudiendo incrementarse
en 10 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a pequeñas y
medianas empresas, entidades públicas o entidades sin ánimo de lucro, con un
máximo de 50.000 euros por proyecto.
Actuación
SGE1. Implantación sistemas gestión energética basados en la norma ISO 50001.
Objeto: Favorecer el acceso de las empresas y entidades de la Comunitat
Valenciana al conocimiento del consumo energético de su empresa y a las
posibilidades de ahorro mediante la realización de auditorías energéticas, y a
la implantación de sistemas de mejora continua en el uso de la energía mediante
la implantación de un sistema de gestión energética según la norma ISO 50001.
Beneficiarios:
Empresas o entidades de naturaleza privada.
Actuaciones apoyables:
incluyen una auditoría energética inicial, la inversión en un
sistema de gestión energética (monitorización y control
de las instalaciones) y el proceso de
certificación en la norma ISO.
No serán apoyables las
actuaciones en las que no se incluya como parte de la inversión el sistema de
monitorización y control de las variables energéticas que han de suponer como
mínimo el 40 % de la inversión total. Asimismo,
no serán apoyables las actuaciones que no conduzcan finalmente a su
certificación en la ISO 50001.
Cuantía máxima:
será
del 30 % del coste subvencionable, pudiendo incrementarse en 10 puntos
porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a pequeñas y medianas
empresas, entidades públicas o entidades sin ánimo de lucro, con un máximo de
20.000 € por proyecto.
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