TS anula un contrato hipotecario vendido al cliente como beneficioso frente a la subida de tipos de interés.
¿Sabia Vd?....¨
El TS anula
un contrato hipotecario vendido al cliente como beneficioso frente a la subida de
tipos de interés. La Sala Primera del Tribunal Supremo ha reiterado su doctrina sobre
el error en la contratación de productos y servicios de inversión y, en concreto,
sobre la contratación de swaps de tipos de interés o de inflación por clientes que
desconocen los productos financieros y de inversión. En esta sentencia se resuelve
un contrato denominado ‘Clip Hipotecario Óptimo 8.08’, que fue ofrecido por Bankinter
a los recurrentes en el año 2008, pocos meses después de la contratación de un préstamo
hipotecario para la adquisición de una vivienda, con la finalidad declarada de cubrir
el riesgo de posibles subidas del tipo de interés. No obstante, con la bajada del
euribor a partir de marzo de 2009, los deudores vieron notoriamente incrementado
el coste de amortización mensual de su préstamo.
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