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Mostrando entradas de octubre, 2026

Cuándo puede alquilar una sociedad un inmueble sin retención

¿Sabia Vd?.... Cuándo puede alquilar una sociedad un inmueble sin retención En los alquileres de locales, naves y otros inmuebles urbanos suele darse por hecho que debe practicarse una retención del 19 %. Sin embargo, existen supuestos en los que esa obligación desaparece. La clave está en cumplir los requisitos legales y poder acreditarlos frente al arrendatario. Se lo explicamos… En los arrendamientos de inmuebles urbanos, la regla general es que determinadas rentas satisfechas a una sociedad están sometidas a retención como pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades (IS). Ahora bien, la normativa contempla varios supuestos en los que esa retención no debe practicarse. Uno de ellos afecta especialmente a las sociedades cuya actividad consiste precisamente en el arrendamiento de inmuebles. La DGT, por ejemplo, en su consulta vinculante V5046-26, de 18 de junio de 2026, aclara cómo funciona esta exoneración y qué ocurre cuando el arrendador ya dispone del correspondiente certificado. ...