¿Sabia Vd?....
Dentro de ciertos
límites, los trabajadores autónomos pueden decidir la cuantía por la que
cotizan. Si piensa cambiar su cotización tiene hasta el próximo 30 de abril de
2017 inclusive (con efectos 1 de julio) para hacerlo. Además, si durante el año
2016 ha estado cotizando simultáneamente en el Régimen General de la Seguridad
Social y en el Régimen de Autónomos (RETA), es posible que tenga derecho a que
le devuelvan una parte de las cotizaciones efectuadas. Tiene de plazo hasta el
próximo 30 de abril para solicitar la devolución.
Le
recordamos que hasta el 30 de abril de 2017 inclusive, y con efectos para el 1 de julio, tienen la
oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de
Trabajadores Autónomos (RETA) y la cuota a pagar, dentro de los límites
permitidos según su edad.
Además,
también puede solicitar que la cuantía por la que cotiza se vaya incrementando
automáticamente cada año en la misma proporción que lo haya hecho la base
mínima o máxima de cotización, o comunicar que renuncia a dicho incremento, todo
lo cual deberá comunicarlo también antes del 1 de mayo.
Si
cotiza como autónomo por la base mínima y está pensado en su jubilación y
quiere que su futura pensión sea más alta, piense que puede resultar
interesante aumentarse la base de cotización.
Devolución pluriactividad de los autónomos: hasta
el 30 de abril de 2017
Además,
si durante el año 2016 ha estado cotizando simultáneamente en el Régimen
General de la Seguridad Social y en el Régimen de Autónomos (RETA), es posible
que tenga derecho a que le devuelvan una parte de las cotizaciones efectuadas:
- La
devolución procede si usted ingresó por contingencias comunes una cuantía
igual o superior a 12.368,23 euros (cantidad fijada para el 2016).
Respecto a las cotizaciones en el Régimen General, se deben sumar tantos
sus aportaciones como las de la empresa.
- La
devolución es igual al 50% del exceso de la cuantía indicada, con un
máximo del 50% de las cuotas ingresadas por contingencias comunes en el
RETA.
- Para
solicitar la devolución, presente en la Tesorería de la Seguridad Social
una solicitud de devolución de ingresos indebidos. Tiene de plazo hasta el
próximo 30 de abril de 2017
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