Sabia Vd....¨ El TSJ de Andalucía rechaza equiparar
la indemnización de los trabajadores temporales y los indefinidos en las empresas porque, según argumenta, la sentencia del Tribunal de Justicia
de la UE (TJUE) de 14 de septiembre sólo es aplicable a los trabajadores de la Administración.
"Las Directivas de la UE no tienen efecto directo horizontal -en las relaciones
entre particulares- excepto en el caso de que desarrollen normas antidiscriminatorias",
asevera el fallo del TSJ, de 16 de noviembre. Así, la diferente indemnización entre
temporales y fijos no puede considerarse "una discriminación en sentido propio",
sino que se trata de una vulneración del principio de igualdad. La sentencia andaluza
contradice la dictada por el TSJ del País Vasco el 18 de octubre y en la que se
concluye que la jurisprudencia del TJUE tiene efecto directo los empleados de las
empresas. La cuestión, por lo tanto, deberá ser objeto de un pronunciamiento de
unificación de doctrina por parte del Supremo.
Sabia Vd. Si despide a un empleado que antes de ser indefinido tuvo varios contratos temporales, ¿qué antigüedad deberá computar para calcular su indemnización? Indemnización. Su empresa va a efectuar un despido por causas objetivas. Dado que sabe que si se equivoca a la hora de calcular la indemnización el despido será declarado improcedente, le interesa conocer cuál es la forma correcta de calcularla si el trabajador despedido ha tenido varios contratos encadenados en su empresa. Encadenamiento. En general, si entre el último contrato temporal y el indefinido pasaron más de 20 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni festivos), para calcular la indemnización sólo deberá computar como antigüedad la duración del último contrato. ¡Atención! Sin embargo: Si ha pasado un plazo inferior, la indemnización se calculará atendiendo al inicio del contrato temporal. Asimismo, deberá computar como antigüedad la fecha del primer contrato si el laps
Comentarios
Publicar un comentario
Gracias por su apreciable colaboracion, lo antes posible le contestaremos. El Grupo de Colaboradores de Estudio Juridico 4,S.L., Calle Luz Casanova,12,46009 Valencia. Tel 963689510 email: ej4@estudiojuridico4.es