Sabia Vd....
Ayudas
2016 Plan Renove de Ventanas.
(DOCV 22-12-2015)
Comunitat Valenciana. RSL
24 de noviembre de 2015 -
resumen
Objeto: destinado
a la rehabilitación térmica de ventanas y puertas-ventana
(acristalamiento, marco y premarco) en
viviendas habituales de la Comunitat Valenciana.
Plazo para realizar la renovación: la fecha de inicio de la campaña será el 12-01-2016 y finalizará el 17-06-2016, o en el
momento de agotamiento del presupuesto asignado a esta convocatoria.
La
adhesión de los comercios y empresas instaladoras
comenzará 23-12-15 y finalizará el 31-05-2016
Beneficiarios: todas las personas
físicas propietarias, usufructuarias
o arrendatarias de una vivienda de ocupación habitual ubicada en la
Comunitat Valenciana.
Asimismo se regula en
esta convocatoria la adhesión de comercios y empresas instaladoras necesarias
para el desarrollo de la misma.
Actuaciones: se considera como actividad susceptible de
ayuda la renovación de ventanas y puertas-ventana (acristalamiento, marco y
premarco) en viviendas, que cumplan con las siguientes especificaciones
técnicas:
– Las
ventanas y puertas-ventana deberán formar parte de los cerramientos a exterior
de la vivienda (que separen los recintos o estancias calefactados o
refrigerados del ambiente exterior), no siendo objeto de subvención la reforma
de superficies acristaladas ubicadas en los cerramientos interiores.
– Los
acristalamientos a sustituir deberán ser acristalamiento simple.
– Las
nuevas ventanas y/o puertas-ventana deberán contar con marcado CE.
– Las
nuevas ventanas y/o puertas-ventana tendrán una permeabilidad al aire ≤ 27
m³/h·m² a 100 Pa (Clase 2 o superior) según norma UNE-EN 12207.
– Las
características térmicas de las nuevas ventanas y puertasventana deberán ser,
dependiendo de la clasificación de poblaciones recogidas en el anexo I, las
detalladas en la tabla del art.4 de la Rsl.
Las
renovaciones objeto de estas ayudas tienen que tener como destino final su
instalación dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.
No se considerará
actuación
susceptible de ayuda:
– Renovaciones de
ventanas y puertas-ventana que conlleven a un aumento de la superficie
acristalada en más de un 25 %.
– Los cerramientos
acristalados que se coloquen o renueven con la finalidad de cerrar terrazas,
balcones o galerías, o amplíe la superficie habitable de la vivienda, ya que
estos suponen una modificación y no una rehabilitación térmica del edificio.
– La renovación de
ventanas o puertas-ventana interiores ubicados en cerramientos en contacto con
espacios habitables.
– La renovación de los
marcos o acristalamientos únicamente.
– La instalación o
renovación de persianas, dispositivos de lamas, toldos, «films» o «screens» de
protección solar.
Se considerarán solo proyectos cuya inversión sea
superior a 1.000 €, IVA no incluido.
No podrán acogerse a
las presentes ayudas las inversiones realizadas con anterioridad a la fecha de
inicio de la campaña.
Cuantía: la ayuda individual, aportada por el IVACE, será como
máximo de 75 €/m² para renovaciones completas de las ventanas o puertas-ventana
(acristalamiento, marco y premarco).
La aportación del
comercio o empresa instaladora adherida, consistirá en un descuento en la
factura de 15 €/m² en el momento de la instalación.
La aportación del
IVACE se abonará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en la
solicitud, una vez finalizada la tramitación con resultado favorable; la
aportación del comercio o empresa instaladora se realizará mediante descuento
sobre la base imponible de la factura, es decir, antes de impuestos.
La cuantía de la ayuda
para la adquisición de los diferentes elementos (acristalamiento, marco,
premarco e instalación), no podrá suponer en ningún caso una reducción del
precio del mismo superior al 30 % del coste del acristalamiento, marco,
premarco y montaje (IVA incluido), por lo que se deberá reducir en su caso la
cuantía de la ayuda hasta dicho límite. Asimismo la cuantía de ayuda máxima
será de 3.000 € por vivienda en el que se sustituyan las ventanas y
puertas-ventana.
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