Ir al contenido principal

AYUDAS Y SUBVENCIONES PARA LA COMUNIDAD VALENCIANA DE LOS TEMPORALES ÚLTIMOS PARA EMPRESAS Y PARTICULARES

¿Sabia Vd?....DECLARADAS VARIAS PROVINCIAS COMO ZONAS AFECTADAS GRAVEMENTE POR UNA EMERGENCIA DE PROTECCIÓN CIVIL

·         Corresponde a las provincias andaluzas, de la Comunidad Valenciana y de Extremadura afectadas por inundaciones y pedrisco
·         Ayudas por daños personales.
·         Ayudas a particulares por daños en vivienda habitual y enseres de primera necesidad.
·         Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales o de bienes.
·         Ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos.
·         Compensación a Corporaciones Locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables.
Estas ayudas se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto del 18 de marzo de 2015, por el que se determinaron subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se abonarán con cargo a los créditos de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
Cuantía de las ayudas
Conforme a lo dispuesto en el mencionado Real Decreto del 18 de marzo de 2015, las cuantías por las citadas ayudas son las siguientes:
·         Ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros.
·         Ayudas por destrucción o daños en enseres: el coste con el límite de 2.580 euros.
·         Ayudas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos: hasta 8.000 euros.
·         Ayudas a las personas físicas o jurídicas: importe total de los gastos.
·         Ayudas a las Corporaciones Locales: gastos realizados por actuaciones inaplazables de emergencia.
Además, en aplicación del mismo Real Decreto, las cuantías de las ayudas por daños en la vivienda serán las siguientes:
·         por destrucción total: el coste de los daños con un máximo de 15.120 euros.
·         por daños a la estructura: el 50 por 100 de los daños con un máximo de 10.320 euros.
·         por otros daños: el 50 por 100 de los daños con un máximo de 5.160 euros.
·         por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios: el 50 por 100 de los daños con un máximo de 8.000 euros.
·         por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad: 2.580 euros.
Tasas de la Jefatura Central de Tráfico: Se prevé la exención de las tasas aplicables a la tramitación de bajas de vehículos y de expedición de duplicados de los permisos de conducción o de circulación, cuando se soliciten como consecuencia de estos siniestros.
Nos puede pedir informacion poniéndose en contacto con nuestro despacho a los efectos oportunos.

Comentarios

Entradas populares de este blog

¿PIERDO LA ANTIGUEDAD SI FIRMO UNA BAJA VOLUNTARIA Y FIRMO UN CONTRATO NUEVO INDEFINIDO?

Sabia Vd. Si despide a un empleado que antes de ser indefinido tuvo varios contratos temporales, ¿qué antigüedad deberá computar para calcular su indemnización? Indemnización. Su empresa va a efectuar un despido por causas objetivas. Dado que sabe que si se equivoca a la hora de calcular la indemnización el despido será declarado improcedente, le interesa conocer cuál es la forma correcta de calcularla si el trabajador despedido ha tenido varios contratos encadenados en su empresa. Encadenamiento. En general, si entre el último contrato temporal y el indefinido pasaron más de 20 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni festivos), para calcular la indemnización sólo deberá computar como antigüedad la duración del último contrato. ¡Atención! Sin embargo: Si ha pasado un plazo inferior, la indemnización se calculará atendiendo al inicio del contrato temporal. Asimismo, deberá computar como antigüedad la fecha del primer contrato si el laps...

AYUDAS A LAS EMPRESAS AFECTADAS POR LA DANA NUEVAS.

¿Sabia Vd?.... AYUDAS A LAS EMPRESAS AFECTADAS POR LA DANA NUEVAS. ​ Se ha publicado en el DOGV bis el   Decreto 172/2024 , de 26 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de   ayudas urgentes dirigidas a facilitar el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de las empresas   que hayan sufrido daños por el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.   Beneficiarios Empresas  con actividad económica en funcionamiento el 28 de octubre de 2024 en los municipios afectados incluidos en el Anexo del  Acuerdo de 4 de noviembre de 2024, del Consell , y que, como consecuencia de la DANA, hayan sufrido daños materiales en sus bienes situados en naves, locales, establecimientos o espacios vinculados al desarrollo de su actividad económica. Se incluyen las personas jurídicas con independencia del número de personas trabajadoras contratadas, a...

Recientemente, el Tribunal Supremo, en su sentencia núm. 997/2024 de 9 de julio, ha establecido que los días de descanso semanal no pueden solaparse con los 14 festivos anuales establecidos sin que la empresa compense adecuadamente a los trabajadores.

¿Sabia Vd?.... El Tribunal Supremo confirma que los días de descanso no pueden coincidir con los festivos Recientemente, el Tribunal Supremo, en su sentencia núm. 997/2024 de 9 de julio, ha establecido que los días de descanso semanal no pueden solaparse con los 14 festivos anuales establecidos sin que la empresa compense adecuadamente a los trabajadores. Recientemente, el Tribunal Supremo, en su sentencia núm. 997/2024 de 9 de julio, ha establecido que los días de descanso semanal no pueden solaparse con los 14 festivos anuales establecidos sin que la empresa compense adecuadamente a los trabajadores. Esta resolución refuerza los derechos de los empleados, destacando la importancia de garantizar tanto el descanso semanal como los festivos laborales. Puntos clave de la sentencia Derecho a la compensación : Si el día de descanso semanal coincide con uno de los 14 festivos anuales, la empresa está obligada a compensar al trabajador, ya sea: Con un descanso equivalente en otro día. Median...