AYUDAS Y SUBVENCIONES PARA LA COMUNIDAD VALENCIANA DE LOS TEMPORALES ÚLTIMOS PARA EMPRESAS Y PARTICULARES
¿Sabia Vd?....DECLARADAS VARIAS PROVINCIAS COMO ZONAS AFECTADAS GRAVEMENTE POR UNA EMERGENCIA DE PROTECCIÓN CIVIL
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Corresponde a las provincias andaluzas, de la Comunidad Valenciana y de
Extremadura afectadas por inundaciones y pedrisco
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Ayudas por daños personales.
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Ayudas a particulares por daños en vivienda habitual y enseres de primera
necesidad.
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Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones
personales o de bienes.
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Ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de
servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos.
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Compensación a Corporaciones Locales por gastos derivados de actuaciones
inaplazables.
Estas ayudas se regirán por lo dispuesto
en el Real Decreto del 18 de marzo de 2015, por el que se determinaron
subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de
emergencia o de naturaleza catastrófica, y se abonarán con cargo a los créditos
de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
Cuantía de
las ayudas
Conforme a lo dispuesto en el mencionado
Real Decreto del 18 de marzo de 2015, las cuantías por las citadas ayudas son
las siguientes:
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Ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente: 18.000
euros.
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Ayudas por destrucción o daños en enseres: el coste con el límite de 2.580
euros.
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Ayudas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios,
incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos: hasta 8.000 euros.
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Ayudas a las personas físicas o jurídicas: importe total de los gastos.
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Ayudas a las Corporaciones Locales: gastos realizados por actuaciones
inaplazables de emergencia.
Además, en aplicación del mismo Real
Decreto, las cuantías de las ayudas por daños en la vivienda serán las
siguientes:
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por destrucción total: el coste de los daños con un máximo de 15.120 euros.
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por daños a la estructura: el 50 por 100 de los daños con un máximo de
10.320 euros.
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por otros daños: el 50 por 100 de los daños con un máximo de 5.160 euros.
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por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios: el 50 por
100 de los daños con un máximo de 8.000 euros.
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por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad:
2.580 euros.
Tasas de la Jefatura Central de Tráfico: Se prevé la
exención de las tasas aplicables a la tramitación de bajas de vehículos y de
expedición de duplicados de los permisos de conducción o de circulación, cuando
se soliciten como consecuencia de estos siniestros.
Nos puede pedir informacion poniéndose en contacto con nuestro despacho a los efectos oportunos.
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