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Empleado de la autorización para residir y trabajar en España no es una causa válida de extinción del contrato.

¿Sabia Vd?....El TS ha fallado que la pérdida sobrevenida por parte del empleado de la autorización para residir y trabajar en España no es una causa válida de extinción del contrato. La Sala de lo Social del alto tribunal, en una sentencia conocida este lunes, considera además abusivas las cláusulas que contemplan despedir sin indemnización al empleado extranjero que durante la duración del contrato le sea retirado el permiso para trabajar en España ya que se trata de una circunstancia sobre la que “no puede ejercer ninguna influencia la conducta del trabajador”.

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