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COVID-19. Los controles en las fronteras interiores terrestres se prorrogan hasta el 24 de mayo

¿Sabia Vd?...

Como consecuencia de la cuarta prórroga del estado de alarma, la Orden INT/396/2020, de 8 de mayo prorroga los controles restablecidos temporalmente en las fronteras interiores terrestres desde las 00:00 horas del 10 de mayo de 2020 hasta las 00:00 horas del 24 de mayo de 2020

Le informamos que como consecuencia de la cuarta prórroga del estado de alarma, se ha publicado en el BOE del día 9 de mayo, la Orden INT/396/2020, Se prorrogan los controles restablecidos temporalmente en las fronteras interiores terrestres desde las 00:00 horas del 10 de mayo de 2020 hasta las 00:00 horas del 24 de mayo de 2020.

Recuérdese que estas restricciones no se aplican a la entrada en el territorio nacional por vía terrestre de:


  • Ciudadanos españoles.
  • Residentes en España.
  • Residentes en otros Estados miembros o Estados asociados Schengen que se dirijan a su lugar de residencia.
  • Trabajadores transfronterizos.
  • Profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que se dirijan a ejercer su actividad laboral.
  • Transporte de mercancías, incluyendo los tripulantes de buques, a fin de asegurar la prestación de los servicios de transporte marítimo y la actividad pesquera, y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo comercial.
  • Personas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales sitos en España, siempre que se trate de desplazamientos vinculados al desempeño de sus funciones oficiales.

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