Ir al contenido principal

COVID-19. El Ministerio de Transportes clarifica la situación en relación a la caducidad de las tarjetas de cualificación del conductor acreditativas del CAP y permite la apertura de oficinas de arrendamiento de vehículos sin conductor para hacer devoluci

¿Sabia Vd?....

En el BOE del día 19 de marzo, se ha aprobado una Orden por el Ministerio de Transportes valida el CAP para los profesionales que no puedan renovarlo, a partir del 1 de marzo, por causa de la suspensión de cursos y exámenes durante tres meses, después de que finalice la declaración del estado de alarma.

En el BOE del día 19 de marzo, se ha aprobado la Orden TMA/254/2020, de 18 de marzo, por la que se dictan instrucciones en materia de transporte por carretera y aéreo, que en lo que concierne al transporte por carretera, declara la validez de las tarjetas de cualificación del conductor acreditativas del CAP cuya fecha de expiración se haya producido a partir del día 1 de marzo, hasta 120 días después de la finalización de la declaración del estado de alarma o prórrogas del mismo.

Dicho plazo de 120 días podrá ser ampliado mediante resolución de Dirección General de Transporte Terrestre, si las circunstancias lo hicieran necesario, por un máximo de 30 días adicionales.

Dicha previsión tendrá efectos en todo el territorio nacional, sin perjuicio de su comunicación a la Comisión Europea.

No queda claro, sin embargo, si dicha previsión tendrá efectos en otros países de nuestro entorno, ya que el texto sólo alude a  "tendrá  efectos en todo el territorio nacional," sin perjuicio de su comunicación a la Comisión Europea.   Habrá que esperar a las oportunas aclaraciones del Ministerio, ya que no queda claro si la mera comunicación a la que se refiere, significa que también tendrá validez la extensión en otros países o no.

Apertura de oficinas de arrendamiento de vehículos sin conductor

Por otro lado, esta misma Orden permite la apertura de establecimientos dedicados al arrendamiento de vehículos sin conductor destinados a un uso profesional de los transportistas de mercancías y en los supuestos de arrendamiento de vehículos para uso particular.

La norma será de aplicación desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» hasta la finalización de la declaración del periodo del estado de alarma o prórrogas del mismo.

En concreto se establece que:

Con el fin de garantizar el funcionamiento de las operaciones de transporte de mercancías y asegurar el necesario abastecimiento de productos a la población, estará permitida la apertura de establecimientos dedicados al arrendamiento de vehículos sin conductor destinados a un uso profesional de los transportistas de mercancías.
La apertura de establecimientos de arrendamiento de vehículos sin conductor en los supuestos de arrendamiento de vehículos para uso particular, únicamente estará permitida con el fin de hacer posible la devolución por el arrendatario de los vehículos arrendados en el marco de un contrato celebrado con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden.
En todos los supuestos tendrán que observarse las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad tendentes a evitar el contagio del COVID-19.

Comentarios

Entradas populares de este blog

AYUDAS A LAS EMPRESAS AFECTADAS POR LA DANA NUEVAS.

¿Sabia Vd?.... AYUDAS A LAS EMPRESAS AFECTADAS POR LA DANA NUEVAS. ​ Se ha publicado en el DOGV bis el   Decreto 172/2024 , de 26 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de   ayudas urgentes dirigidas a facilitar el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de las empresas   que hayan sufrido daños por el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.   Beneficiarios Empresas  con actividad económica en funcionamiento el 28 de octubre de 2024 en los municipios afectados incluidos en el Anexo del  Acuerdo de 4 de noviembre de 2024, del Consell , y que, como consecuencia de la DANA, hayan sufrido daños materiales en sus bienes situados en naves, locales, establecimientos o espacios vinculados al desarrollo de su actividad económica. Se incluyen las personas jurídicas con independencia del número de personas trabajadoras contratadas, a...

Medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a la DANA

¿Sabia Vd?.... Medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a la DANA Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. El  Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre  (en adelante, RDL), que entró en vigor el 30 de noviembre de 2024, establece una serie de medidas complementarias orientadas a paliar los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. Este RDL no solo amplía y modifica disposiciones de los Reales Decretos-leyes 6/2024 y 7/2024, sino que también introduce cambios significativos en ámbitos clave como la Seguridad Social, las relaciones laborales y la...

Calendario Laboral del 2025 de la provincia de Valencia, con las fiestas locales

¿Sabia Vd?.... Calendario Laboral del 2025 de la provincia de Valencia, con las fiestas locales Estimados clientes, Adjuntamos Calendario Laboral del 2025 de la provincia de Valencia, con las fiestas locales. CALENDARIO LABORAL 2025 DE VALENCIA Reciban un cordial saludo, El equipo de Estudio Jurídico 4