EL TRIBUNAL SUPREMO ACLARA QUE CONVIVIR EL PROGENITOR CUSTODIO CONLLEVA LA EXTINCIÓN DEL DERECHO DE USO VIVIENDA FAMILIAR
¿Sabia Vd?....
Es muy interesante la sentencia del Tribunal Supremo reciente sobre familia,
acerca del efecto
que produce la convivencia del progenitor custodio con una nueva pareja
respecto del uso de la vivienda familiar atribuido en la sentencia de divorcio.
El gabinete tecnico del Tribunal Supremo dice:
Sentencia 641/2018, de 20 de noviembre. Convivencia del progenitor custodio de los hijos con otra persona.
Extinción del derecho de uso de una vivienda ganancial.
El Pleno de la Sala Primera ha resuelto en esta sentencia el efecto que
produce la convivencia del progenitor custodio con una nueva pareja respecto
del derecho de uso de la vivienda familiar atribuido en la sentencia de divorcio.
La sentencia recurrida había acordado la extinción del derecho de uso en el
momento en que se procediera a la liquidación de la sociedad de gananciales,
por considerar que la entrada de una tercera persona en la vivienda hacía
perder a esta su antigua naturaleza de vivienda familiar, al servir ahora en su
uso a una familia distinta y diferente.
La sala ratifica los argumentos y el pronunciamiento de la sentencia recurrida y
desestima el recurso de casación. La introducción de un tercero en la vivienda,
en manifiesta relación estable de pareja con el progenitor que se benefició del
uso por habérsele asignado la custodia de los hijos, cambia el estatus del
domicilio familiar, de igual modo que afecta a otros aspectos como la pensión
compensatoria e incluso el interés de los hijos, porque introduce elementos de
valoración distintos de los que se tuvieron en cuenta inicialmente.
El derecho de uso de la vivienda familiar se confiere y se mantiene en tanto
que conserve este carácter familiar. El interés de los hijos no puede
desvincularse absolutamente del de sus padres, cuando es posible conciliarlos.
En el caso, el carácter ganancial del inmueble facilita otras soluciones
económicas que permiten precisamente esa conciliación de intereses.
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