¿Sabia Vd?....
El Supremo
fija cómo acceder legalmente al email de los empleados en caso de delito
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha
fijado los requisitos que debe cumplir una empresa para investigar legalmente
el correo electrónico de sus empleados y que dicha información sea considerada
una prueba válida en el enjuiciamiento de un delito. Así, según una reciente
sentencia, la compañía debe haber informado previamente al trabajador de que
una medida así puede producirse y, además, debe haberle advertido de que el uso
del ordenador está limitado a fines profesionales. En caso contrario, se
entenderá que se está ante una intrusión que atenta contra la intimidad del
mismo.
Hasta la fecha, existían pronunciamientos que
clarificaban este extremo en las investigaciones que afectaban al ámbito
laboral. Pero, tal y como afirmó el alto tribunal en una sentencia de 2014, los
criterios de la jurisdicción social “en modo alguno procede que se extiendan al
enjuiciamiento penal”.
Era necesario, por tanto, fijar el marco para
que las indagaciones fueran válidas también si, fruto de las mismas, se descubriera
la comisión de un delito por parte del trabajador. Especialmente, cuando uno de
los requisitos de los programas de compliance penal es que la empresa realice
una investigación interna si tiene indicios de ilegalidades en su seno.
El caso examinado es el del gerente de una
empresa condenado por la Audiencia Provincial de Vizcaya a cinco años de
prisión por un delito de apropiación indebida. Según consta en los hechos
probados, el condenado fue despedido (cese considerado procedente por la jurisdicción
social) porque, “bien mediante intervención activa, bien mediante una tolerancia
omisiva”, realizó una serie de compraventas en perjuicio de su propia compañía que,
en cambio, le reportaron un beneficio personal o a otras sociedades con las que
tenía vínculos.
Aprovechando que estaba de viaje al extranjero,
la empresa accedió a su ordenador personal y, a través de un sistema de
palabras clave y búsqueda selectiva, extrajo de su email una serie de
comunicaciones que confirmaban sus sospechas. Una actuación que sirvió al
condenado para alegar que se había vulnerado su derecho a la intimidad en su
recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
La sentencia admite que el acceso a los
dispositivos electrónicos de los empleados es una cuestión “salpicada de
aristas, matices y recovecos”. De hecho, son numerosos los pronunciamientos
judiciales sobre la materia. Algunos de ellos, incluso, contradictorios entre
sí. El análisis de la cuestión, no obstante, debe partir de la siguiente
premisa: la relación laboral impone modulaciones en los derechos fundamentales
de los trabajadores, pero no los vacía de contenido.
(Cinco Días, 27-12-2018)
Fin a la
revalorización del 0,25% de las pensiones
El Gobierno ha ido más allá con este Real
Decreto-Ley y determina “como cuestión urgente y prioritaria” la revalorización
de las pensiones y otras prestaciones públicas en 2019 de acuerdo con el IPC
previsto (el citado 1,6%) y, además, incorporar una paga compensatoria que
equipare el incremento de 2018 a lo que han subido la inflación real entre
diciembre de 2017 y noviembre de 2018.
Concretamente el texto establece que las
pensiones contributivas de la Seguridad Social y de las clases pasivas
(funcionarios) “experimentarán en 2019 un incremento del 1,6% respecto del
importe que habrían tenido en 2018 si se hubieran revalorizado en el mismo
porcentaje que el valor medio de la variación porcentual interanual del IPC de
cada uno de los meses desde diciembre de 2017 hasta noviembre de 2018,
expresado con un decimal, que en 2018 es del 1,7%”. Esto significa que, además
de incrementarse un 1,6% todas las pensiones a partir del 1 de enero próximo,
los pensionistas recibirán una paga en una sola vez, “antes del 1 de abril”,
elevando un 0,1% más la cuantía de su pensión.
Así, prevé aprobar este viernes el Consejo de
Ministros, para suprimir para siempre el actual factor de revalorización de las
pensiones. Este factor fue aprobado en 2013 y limitaba la subida de las
prestaciones a un 0,25% mientras la Seguridad Social estuvieran en déficit.
Los Presupuestos Generales de 2018 ya habían
dejado en suspenso este factor para este año y el próximo e incluían una subida
de pensiones del 1,6% para ambos ejercicios.
(Expansión, 26-12-2018)
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