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El Supremo fija cómo acceder legalmente al email de los empleados en caso de delito

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El Supremo fija cómo acceder legalmente al email de los empleados en caso de delito
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha fijado los requisitos que debe cumplir una empresa para investigar legalmente el correo electrónico de sus empleados y que dicha información sea considerada una prueba válida en el enjuiciamiento de un delito. Así, según una reciente sentencia, la compañía debe haber informado previamente al trabajador de que una medida así puede producirse y, además, debe haberle advertido de que el uso del ordenador está limitado a fines profesionales. En caso contrario, se entenderá que se está ante una intrusión que atenta contra la intimidad del mismo.

Hasta la fecha, existían pronunciamientos que clarificaban este extremo en las investigaciones que afectaban al ámbito laboral. Pero, tal y como afirmó el alto tribunal en una sentencia de 2014, los criterios de la jurisdicción social “en modo alguno procede que se extiendan al enjuiciamiento penal”.

Era necesario, por tanto, fijar el marco para que las indagaciones fueran válidas también si, fruto de las mismas, se descubriera la comisión de un delito por parte del trabajador. Especialmente, cuando uno de los requisitos de los programas de compliance penal es que la empresa realice una investigación interna si tiene indicios de ilegalidades en su seno.

El caso examinado es el del gerente de una empresa condenado por la Audiencia Provincial de Vizcaya a cinco años de prisión por un delito de apropiación indebida. Según consta en los hechos probados, el condenado fue despedido (cese considerado procedente por la jurisdicción social) porque, “bien mediante intervención activa, bien mediante una tolerancia omisiva”, realizó una serie de compraventas en perjuicio de su propia compañía que, en cambio, le reportaron un beneficio personal o a otras sociedades con las que tenía vínculos.

Aprovechando que estaba de viaje al extranjero, la empresa accedió a su ordenador personal y, a través de un sistema de palabras clave y búsqueda selectiva, extrajo de su email una serie de comunicaciones que confirmaban sus sospechas. Una actuación que sirvió al condenado para alegar que se había vulnerado su derecho a la intimidad en su recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

La sentencia admite que el acceso a los dispositivos electrónicos de los empleados es una cuestión “salpicada de aristas, matices y recovecos”. De hecho, son numerosos los pronunciamientos judiciales sobre la materia. Algunos de ellos, incluso, contradictorios entre sí. El análisis de la cuestión, no obstante, debe partir de la siguiente premisa: la relación laboral impone modulaciones en los derechos fundamentales de los trabajadores, pero no los vacía de contenido.
(Cinco Días, 27-12-2018)

Fin a la revalorización del 0,25% de las pensiones
El Gobierno ha ido más allá con este Real Decreto-Ley y determina “como cuestión urgente y prioritaria” la revalorización de las pensiones y otras prestaciones públicas en 2019 de acuerdo con el IPC previsto (el citado 1,6%) y, además, incorporar una paga compensatoria que equipare el incremento de 2018 a lo que han subido la inflación real entre diciembre de 2017 y noviembre de 2018.

Concretamente el texto establece que las pensiones contributivas de la Seguridad Social y de las clases pasivas (funcionarios) “experimentarán en 2019 un incremento del 1,6% respecto del importe que habrían tenido en 2018 si se hubieran revalorizado en el mismo porcentaje que el valor medio de la variación porcentual interanual del IPC de cada uno de los meses desde diciembre de 2017 hasta noviembre de 2018, expresado con un decimal, que en 2018 es del 1,7%”. Esto significa que, además de incrementarse un 1,6% todas las pensiones a partir del 1 de enero próximo, los pensionistas recibirán una paga en una sola vez, “antes del 1 de abril”, elevando un 0,1% más la cuantía de su pensión.

Así, prevé aprobar este viernes el Consejo de Ministros, para suprimir para siempre el actual factor de revalorización de las pensiones. Este factor fue aprobado en 2013 y limitaba la subida de las prestaciones a un 0,25% mientras la Seguridad Social estuvieran en déficit.

Los Presupuestos Generales de 2018 ya habían dejado en suspenso este factor para este año y el próximo e incluían una subida de pensiones del 1,6% para ambos ejercicios.
(Expansión, 26-12-2018)


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