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DESPIDO NULO TRABAJADOR EN IT ¿HABRA QUE ESTAR ATENTO A UN POSIBLE CAMBIO DE LA DOCTRINA?

¿Sabia Vd?....Despido nulo por discriminatorio de trabajador en situación de IT, de duración incierta, por accidente laboral. El despido de trabajador accidentado, dos meses después de acaecido el percance, cuando sigue de baja médica recibiendo asistencia sanitaria y percibiendo prestaciones económicas de la Seguridad Social, y tras haber informado a su superior que su reincorporación no sería a corto plazo, es discriminatorio por razón de discapacidad, y por tanto, nulo. Además, la actuación ha lesionado derechos fundamentales como la integridad física, la seguridad o la dignidad. Aplicación de la reciente sentencia del TJUE. Ha de readmitirse al trabajador en un puesto adecuado a su limitación física, y se condena también al empresario a una indemnización por daños morales y otra por daños materiales. STA Juzgado Social BCN 23-12-2016. Enviada noticia 27-02-2017

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