Sabia Vd....Programa de ayudas
destinadas a favorecer el acceso al mercado de trabajo de los siguientes
colectivos vulnerables: personas en situación o riesgo de exclusión social,
personas desempleadas de larga duración mayores de 45 años, personas
desempleadas de muy larga duración, personas mayores de 50 años, para el
ejercicio 2016 (Servef).
El
objetivo de este Programa es favorecer el acceso al mercado laboral de las
personas desempleadas de la Comunidad Valenciana pertenecientes a determinados
colectivos vulnerables.
Serán destinatarios finales de este programa las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en los Centros SERVEF de Empleo que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
a) Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública.
b) Personas desempleadas de larga duración mayores de 45 años. Personas inscritas como desempleadas en los Centros SERVEF de Empleo de la Generalitat por un periodo ininterrumpido de al menos 12 meses.
c) Personas desempleadas de muy larga duración inscritas como desempleadas en los Centros SERVEF de Empleo por un periodo ininterrumpido de al menos 24 meses previos a la fecha de contratación.
d) Personas mayores de 50 años.
Serán destinatarios finales de este programa las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en los Centros SERVEF de Empleo que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
a) Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública.
b) Personas desempleadas de larga duración mayores de 45 años. Personas inscritas como desempleadas en los Centros SERVEF de Empleo de la Generalitat por un periodo ininterrumpido de al menos 12 meses.
c) Personas desempleadas de muy larga duración inscritas como desempleadas en los Centros SERVEF de Empleo por un periodo ininterrumpido de al menos 24 meses previos a la fecha de contratación.
d) Personas mayores de 50 años.
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Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro
CUANTÍA:
Resultará objeto de subvención la contratación indefinida inicial
El importe de esta subvención será el resultado de multiplicar el 60% del Salario Minimo Interprofesional (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) vigente en el momento de la contratación de la persona desempleada por el número mínimo de meses de mantenimiento del contrato establecido en la letra c) del artículo 17 de la Orden de bases reguladoras (12 meses).
En el caso de contratación de mujeres o de personas con diversidad funcional, el porcentaje establecido en el apartado anterior se elevará al 80%; en el caso de mujeres víctimas de violencia sobre la mujer o de personas con diversidad funcional severa, se elevará al 100%.
Los contratos a tiempo parcial de al menos 30 horas semanales (15 horas semanales en el caso de personas con diversidad funcional severa) resultarán subvencionables con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.
PAGO:
La liquidación de las ayudas se efectuará una vez justificadas las condiciones establecidas, librándose de una sola vez el importe de la ayuda concedida. No obstante, dichas ayudas quedan condicionadas a la existencia de crédito suficiente.
Resultará objeto de subvención la contratación indefinida inicial
El importe de esta subvención será el resultado de multiplicar el 60% del Salario Minimo Interprofesional (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) vigente en el momento de la contratación de la persona desempleada por el número mínimo de meses de mantenimiento del contrato establecido en la letra c) del artículo 17 de la Orden de bases reguladoras (12 meses).
En el caso de contratación de mujeres o de personas con diversidad funcional, el porcentaje establecido en el apartado anterior se elevará al 80%; en el caso de mujeres víctimas de violencia sobre la mujer o de personas con diversidad funcional severa, se elevará al 100%.
Los contratos a tiempo parcial de al menos 30 horas semanales (15 horas semanales en el caso de personas con diversidad funcional severa) resultarán subvencionables con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.
PAGO:
La liquidación de las ayudas se efectuará una vez justificadas las condiciones establecidas, librándose de una sola vez el importe de la ayuda concedida. No obstante, dichas ayudas quedan condicionadas a la existencia de crédito suficiente.
Plazo de presentación
-El plazo de
presentación de las solicitudes será desde el día siguiente de la publicación
de la Resolución en el DOCV y finalizará el 31 de octubre de 2016 (DOCV nº
7839, de 28 de julio de 2016)
-Con carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en el plazo específico de dos meses desde la contratación objeto de la subvención.
-Con carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en el plazo específico de dos meses desde la contratación objeto de la subvención.
Para ampliar informacion dirigirse a nuestro departamento Laboral.
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