Ir al contenido principal

CAMPAÑA INSPECCIÓN DE TRABAJO HORAS EXTRAS Y CONTROL DE PRESENCIA

Sabia Vd....
CAMPAÑA DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO SOBRE LAS HORAS EXTRAS, SU REALIZACIÓN Y MEDIOS QUE LA EMPRESA UTILIZA PARA EL CONTROL DE PRESENCIA OBLIGATORIO

Recientemente la Inspección de Trabajo a remitido a todas la Delegaciones una circular con las instrucciones para que se realicen unas campañas de control en la Empresa, sobre las horas extraordinarias, si se realizan y su control o sistema que la empresa esta obligada a utilizar como sistema de control de presencia.
La finalidad que la administración pretende consegir con la campaña en la sanción en diferentes hechos (por su realización, por el numero, por no llevar un control de horario en la empresa sin importar su dimensión ) y las mismas son sustanciales todo ello con el mismo prisma que viene demandando los sindicatos de la eliminación de las mismas y que se realicen mas contrataciones de trabajadores, sustituyendo las horas extras por nuevos contratos, esta necesidad consideramos que las Empresas de Trabajo Temporal pueden ser un medio que ayuda a las empresa a flexibilizar su contratacion para estos casos y con costes variables.
Hemos realizado una presentacion de nos puntos importantes de dicha norma que consideramos de suma importancia su lectura y que podra ver en nuestro enlace siguiente:
PRESENTACION PUNTOS IMPORTANTES CAMPAÑA INSPECCION TRABAJO HORAS EXTRAS Y CONTROL PRESENCIA
En breve nuestros clientes recibieran una invitacion a un cafe de la mañana para resolver dudas y presentar diferentes soluciones manuales e informáticas para los mismos.
JOSE CHECA PALAGUERRI (G.DERECHO)
LUCIA CHECA BELMONTE (ABOGADA)

Comentarios

Entradas populares de este blog

¿PIERDO LA ANTIGUEDAD SI FIRMO UNA BAJA VOLUNTARIA Y FIRMO UN CONTRATO NUEVO INDEFINIDO?

Sabia Vd. Si despide a un empleado que antes de ser indefinido tuvo varios contratos temporales, ¿qué antigüedad deberá computar para calcular su indemnización? Indemnización. Su empresa va a efectuar un despido por causas objetivas. Dado que sabe que si se equivoca a la hora de calcular la indemnización el despido será declarado improcedente, le interesa conocer cuál es la forma correcta de calcularla si el trabajador despedido ha tenido varios contratos encadenados en su empresa. Encadenamiento. En general, si entre el último contrato temporal y el indefinido pasaron más de 20 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni festivos), para calcular la indemnización sólo deberá computar como antigüedad la duración del último contrato. ¡Atención! Sin embargo: Si ha pasado un plazo inferior, la indemnización se calculará atendiendo al inicio del contrato temporal. Asimismo, deberá computar como antigüedad la fecha del primer contrato si el laps...

AYUDAS A LAS EMPRESAS AFECTADAS POR LA DANA NUEVAS.

¿Sabia Vd?.... AYUDAS A LAS EMPRESAS AFECTADAS POR LA DANA NUEVAS. ​ Se ha publicado en el DOGV bis el   Decreto 172/2024 , de 26 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de   ayudas urgentes dirigidas a facilitar el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de las empresas   que hayan sufrido daños por el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.   Beneficiarios Empresas  con actividad económica en funcionamiento el 28 de octubre de 2024 en los municipios afectados incluidos en el Anexo del  Acuerdo de 4 de noviembre de 2024, del Consell , y que, como consecuencia de la DANA, hayan sufrido daños materiales en sus bienes situados en naves, locales, establecimientos o espacios vinculados al desarrollo de su actividad económica. Se incluyen las personas jurídicas con independencia del número de personas trabajadoras contratadas, a...

Recientemente, el Tribunal Supremo, en su sentencia núm. 997/2024 de 9 de julio, ha establecido que los días de descanso semanal no pueden solaparse con los 14 festivos anuales establecidos sin que la empresa compense adecuadamente a los trabajadores.

¿Sabia Vd?.... El Tribunal Supremo confirma que los días de descanso no pueden coincidir con los festivos Recientemente, el Tribunal Supremo, en su sentencia núm. 997/2024 de 9 de julio, ha establecido que los días de descanso semanal no pueden solaparse con los 14 festivos anuales establecidos sin que la empresa compense adecuadamente a los trabajadores. Recientemente, el Tribunal Supremo, en su sentencia núm. 997/2024 de 9 de julio, ha establecido que los días de descanso semanal no pueden solaparse con los 14 festivos anuales establecidos sin que la empresa compense adecuadamente a los trabajadores. Esta resolución refuerza los derechos de los empleados, destacando la importancia de garantizar tanto el descanso semanal como los festivos laborales. Puntos clave de la sentencia Derecho a la compensación : Si el día de descanso semanal coincide con uno de los 14 festivos anuales, la empresa está obligada a compensar al trabajador, ya sea: Con un descanso equivalente en otro día. Median...