Sabia Vd....¨ Las empresas no deben compensar
a sus trabajadores por los festivos que caen en días no laborables. Así lo establece una sentencia del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, que da la razón al Canal de Isabel II frente a una demanda de UGT, que
exigió días de descanso compensatorios por dos festivos que cayeron en sábado en
2015. Por lo tanto, cuando un festivo cae en un día no laborable no se genera un
derecho a que se conceda un descanso compensatorio. En tales casos, el Estatuto
de los Trabajadores no impone al empresario la obligación de dar un descanso adicional
por el festivo no disfrutado, pues la ley no garantiza 14 días de descanso en concepto
de fiestas anuales, sino que en las fechas señaladas no se trabaje.
¿Sabia Vd?.... AYUDAS A LAS EMPRESAS AFECTADAS POR LA DANA NUEVAS. Se ha publicado en el DOGV bis el Decreto 172/2024 , de 26 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes dirigidas a facilitar el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de las empresas que hayan sufrido daños por el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana. Beneficiarios Empresas con actividad económica en funcionamiento el 28 de octubre de 2024 en los municipios afectados incluidos en el Anexo del Acuerdo de 4 de noviembre de 2024, del Consell , y que, como consecuencia de la DANA, hayan sufrido daños materiales en sus bienes situados en naves, locales, establecimientos o espacios vinculados al desarrollo de su actividad económica. Se incluyen las personas jurídicas con independencia del número de personas trabajadoras contratadas, a...
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