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Medias laborales en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado 2018

¿Sabia Vd?....
En el Boletín Oficial de las Cortes Generales del día 5 de abril de 2018, se ha publicado el texto del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, que contiene diversas medidas en el ámbito laboral, como por ejemplo que las bases de cotización (general y autónomos) máxima y mínima a la Seguridad Social se incrementan un 1,4%, se amplía el permiso por paternidad a 5 semanas y se prevé la bonificación por conversión en indefinidos a jornada completa de los contratos para la formación y el aprendizaje anteriores, entre otras medidas.

En el Boletín Oficial de las Cortes Generales del día 5 de abril de 2018, se ha publicado el texto del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, que contiene diversas medidas en el ámbito laboral, entras las que podemos destacar las siguientes:

Las pensiones se revalorizan un 0,25%, si bien algunas pensiones se incrementan entre un 1% y un 3% según el tipo y su nivel

Los incrementos superiores afectan a las pensiones mínimas, las no contributivas, aquellas sin derecho a complementos a mínimos y las de viudedad, lo que supone una mejora para otros 6 millones de pensionistas.

El porcentaje de la base de cotización de las pensiones de viudedad para pensionistas con 65 o más años que no perciban otra pensión pública pasa del 52% al 54%.

Las bases de cotización máxima y mínima a la Seguridad Social se incrementan un 1,4%

Actualización que afecta tanto al Régimen General como al de Trabajadores Autónomos.

Se amplía el permiso por paternidad a 5 semanas

Es decir, una semana más de las cuatro vigentes, que son ininterrumpidas, si bien esa quinta semana podrá disfrutarse en otro momento dentro de los 9 meses siguientes al nacimiento, previo acuerdo con el empresario.

Y se establece que la suspensión del contrato por esta causa podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o parcial de un mínimo del 50%, asimismo previo acuerdo de las partes.

Ayuda económica de acompañamiento a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil

Se regula una ayuda económica de acompañamiento a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil con menor formación que suscriban un contrato para la formación y el aprendizaje.

La ayuda entrará en vigor el mes siguiente al de la publicación de la Ley y asciende al 80% del IPREM y tiene la duración del contrato hasta un máximo de 18 meses.

Bonificación por conversión en indefinidos a jornada completa

Se prevé la bonificación por conversión en indefinidos a jornada completa de los contratos para la formación y el aprendizaje anteriores.

La bonificación se concede a las empresas y autónomos que les hayan contratado, y asciende a 250 euros/mes o 3.000 euros/año durante un periodo de 3 años.

Bonificación del 50% de la cotización empresarial 

Se mantiene la bonificación del 50% de la cotización empresarial en caso de cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, o de enfermedad profesional.

Trabajadores fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística

Se establecen medidas de apoyo a la prolongación de la actividad de los trabajadores fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística.

Medidas que consisten en una bonificación del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, Desempleo, FOGASA y FP de esos trabajadores.




Formación profesional

Al menos la mitad de los fondos provenientes de la cuota de FP financiará las iniciativas formativas para los trabajadores ocupados y se prevé asimismo la aplicación de esos fondos a la financiación de la formación profesional para el desempleo.

Se crea la Tarjeta Social Universal

Servirá para mejorar y coordinar las políticas de protección social de las diferentes administraciones públicas, a cuyo fin incluirá la información actualizada correspondiente a todas las prestaciones sociales de contenido económico, financiadas con cargo a recursos públicos, y los datos identificativos de sus titulares, los beneficiarios, cónyuges y otros miembros de las unidades familiares, y los importes y clases de las prestaciones abonadas y la fecha de efectos de su concesión o reconocimiento.

Se establece además que, a partir de su puesta en funcionamiento, previsto a los 3 meses de la entrada en vigor de la Ley, el contenido del actual Registro de Prestaciones Sociales Públicas quedará integrado en la Tarjeta, por lo que correlativamente se deroga el citado Registro.

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