A partir
del 1 de julio se prohíbe la entrega gratuita de bolsas de plástico
21 de Mayo de 2018
A partir del próximo 1 de julio “se prohíbe la entrega
gratuita a los consumidores de bolsas de plástico en los puntos de venta de
bienes o productos, a excepción de las bolsas de plástico muy ligeras y de las
bolsas de plástico con espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje
igual o mayor al 70% de plástico reciclado”. La cita se corresponde con la
redacción del artículo 4.1 a) del Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre
reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de
Productores.
El
citado Real Decreto fue publicado en el BOE del
pasado sábado tras su aprobación un día antes por el Consejo
de Ministros. La norma incorpora al ordenamiento jurídico
español la Directiva (UE) 2015/720 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 29 de abril de 2015, que a su vez modifica la Directiva 94/62/CE en lo que se refiere a la
reducción del consumo de bolsas de plástico ligeras.
El Real
de Decreto se encuentra ya en vigor, si bien la obligación
de cumplir con algunas de las novedades que incorpora se ha pospuesto con
el objetivo de permitir a los obligados su adaptación a
las mismas. Así, a partir del 1 de julio de 2018 se deben cobrar todas
las bolsas. Se exceptúan las bolsas muy ligeras que
se suministran como envase primario para alimentos a granel (necesarias
para evitar el desperdicio alimentario) y las bolsas gruesas que
tengan un porcentaje de plástico reciclado igual o
superior al 70%, para fomentar el uso de plástico reciclado.
La
normativa da un salto cualitativo programado para el 1 de enero de 2021.
A partir de esta fecha se prohíben las bolsas de
plástico ligeras y muy ligeras. Se exceptúan las
bolsas compostables, acompasando así la obligatoriedad de que las
bolsas de plástico ligeras y muy ligeras sean sólo compostables con la plena
implantación de la recogida separada de la
fracción orgánica de los residuos municipales. De esta forma, las bolsas
compostables, cuyo tratamiento más adecuado es a través de procesos
biológicos, se gestionarán conjuntamente con la fracción
orgánica presente en los residuos municipales y
así se evita que se puedan mezclar con otros flujos de residuos como los de
envases de plástico.
Entre
ambas fechas y, en palabras del Gobierno, "para avanzar hacia
una economía circular, desde el 1 de enero de
2020 las bolsas de plástico gruesas deberán
contener al menos un 50% de plástico reciclado,
para promover el uso de plástico reciclado. Asimismo, se prohíben las
bolsas de plástico fragmentable, por su contenido en
aditivos que suponen un alto impacto ambiental. Estableciendo esta fecha, se
da margen a los comerciantes para liquidar su stock y
a los fabricantes para dejar de producirlas.
Registro
de Productores y campañas de sensibilización
El Real
Decreto crea un Registro de Productores para obtener información sobre
las bolsas de plástico puestas en el mercado en
nuestro país. Estará adscrito al Ministerio de
Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, y contará con una sección dedicada
a los fabricantes importadores de bolsas de
plástico, para cumplir con la obligación de remitir anualmente la información sobre
bolsas puestas en el mercado por los fabricantes a la Comisión Europea y saber
lo que se pone en el mercado y su evolución, para poder conocer la efectividad de
las medidas puestas en marcha y, en su caso, plantear nuevas
soluciones.
Prevé otras
medidas, como la realización de campañas de sensibilización,
que informen sobre el contenedor en el que deben depositarse los residuos de
las bolsas de plástico, compostables y no compostables y
sobre los efectos nocivos que supone el abandono de los plásticos en el medio
ambiente.
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