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¿COMO AFECTA A PARTIR DEL 1 DE JULIO EL CAMBIO EN LA ENTREGA GRATUITA DE BOLSAS DE PLASTICO?


A partir del 1 de julio se prohíbe la entrega gratuita de bolsas de plástico
21 de Mayo de 2018
A partir del próximo 1 de julio “se prohíbe la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plástico en los puntos de venta de bienes o productos, a excepción de las bolsas de plástico muy ligeras y de las bolsas de plástico con espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado”. La cita se corresponde con la redacción del artículo 4.1 a) del Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores.


El citado Real Decreto fue publicado en el BOE del pasado sábado tras su aprobación un día antes por el Consejo de Ministros. La norma incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2015/720 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, que a su vez modifica la Directiva 94/62/CE en lo que se refiere a la reducción del consumo de bolsas de plástico ligeras.
El Real de Decreto se encuentra ya en vigor, si bien la obligación de cumplir con algunas de las novedades que incorpora se ha pospuesto con el objetivo de permitir a los obligados su adaptación a las mismas. Así, a partir del 1 de julio de 2018 se deben cobrar todas las bolsas. Se exceptúan las bolsas muy ligeras que se suministran como envase primario para alimentos a granel (necesarias para evitar el desperdicio alimentario) y las bolsas gruesas que tengan un porcentaje de plástico reciclado igual o superior al 70%, para fomentar el uso de plástico reciclado.
La normativa da un salto cualitativo programado para el 1 de enero de 2021. A partir de esta fecha se prohíben las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras. Se exceptúan las bolsas compostables, acompasando así la obligatoriedad de que las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras sean sólo compostables con la plena implantación de la recogida separada de la fracción orgánica de los residuos municipales. De esta forma, las bolsas compostables, cuyo tratamiento más adecuado es a través de procesos biológicos, se gestionarán conjuntamente con la fracción orgánica presente en los residuos municipales y así se evita que se puedan mezclar con otros flujos de residuos como los de envases de plástico.
Entre ambas fechas y, en palabras del Gobierno, "para avanzar hacia una economía circular, desde el 1 de enero de 2020 las bolsas de plástico gruesas deberán contener al menos un 50% de plástico reciclado, para promover el uso de plástico reciclado. Asimismo, se prohíben las bolsas de plástico fragmentable, por su contenido en aditivos que suponen un alto impacto ambiental. Estableciendo esta fecha, se da margen a los comerciantes para liquidar su stock y a los fabricantes para dejar de producirlas.
Registro de Productores y campañas de sensibilización
El Real Decreto crea un Registro de Productores para obtener información sobre las bolsas de plástico puestas en el mercado en nuestro país. Estará adscrito al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, y contará con una sección dedicada a los fabricantes importadores de bolsas de plástico, para cumplir con la obligación de remitir anualmente la información sobre bolsas puestas en el mercado por los fabricantes a la Comisión Europea y saber lo que se pone en el mercado y su evolución, para poder conocer la efectividad de las medidas puestas en marcha y, en su caso, plantear nuevas soluciones.
Prevé otras medidas, como la realización de campañas de sensibilización, que informen sobre el contenedor en el que deben depositarse los residuos de las bolsas de plástico, compostables y no compostables y sobre los efectos nocivos que supone el abandono de los plásticos en el medio ambiente.

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