Sabia Vd....Ø Contratos
temporales sucesivos. Determinación de la antigüedad del trabajador a efectos indemnizatorios. Determinación de si ha existido o no unidad esencial
del vínculo cuando hubo una interrupción de 45 días correspondientes a la percepción
de prestaciones por desempleo. Una interrupción de 30 días entre contratos sucesivos
no es significativa a efectos de romper la continuidad de la relación laboral, así
como que la subsistencia del vínculo debe valorarse con criterio realista y no sólo
atendiendo a las manifestaciones de las partes al respecto. Consideración de la
relación como indefinida. STA TS 15-05-2015.
Recientemente, el Tribunal Supremo, en su sentencia núm. 997/2024 de 9 de julio, ha establecido que los días de descanso semanal no pueden solaparse con los 14 festivos anuales establecidos sin que la empresa compense adecuadamente a los trabajadores.
¿Sabia Vd?.... El Tribunal Supremo confirma que los días de descanso no pueden coincidir con los festivos Recientemente, el Tribunal Supremo, en su sentencia núm. 997/2024 de 9 de julio, ha establecido que los días de descanso semanal no pueden solaparse con los 14 festivos anuales establecidos sin que la empresa compense adecuadamente a los trabajadores. Recientemente, el Tribunal Supremo, en su sentencia núm. 997/2024 de 9 de julio, ha establecido que los días de descanso semanal no pueden solaparse con los 14 festivos anuales establecidos sin que la empresa compense adecuadamente a los trabajadores. Esta resolución refuerza los derechos de los empleados, destacando la importancia de garantizar tanto el descanso semanal como los festivos laborales. Puntos clave de la sentencia Derecho a la compensación : Si el día de descanso semanal coincide con uno de los 14 festivos anuales, la empresa está obligada a compensar al trabajador, ya sea: Con un descanso equivalente en otro día. Median...
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