Sabia Vd....Ø Eficacia frente a la Hacienda Pública de la caducidad del cargo
de administrador. La caducidad del nombramiento del
administrador, o su renuncia al cargo, no libera al administrador de las obligaciones
que en su día adquirió frente a la Hacienda Pública como administrador de la sociedad.
Sólo quedará liberado una vez que, convocada la Junta, se nombre al nuevo administrador
o, en su caso, se convoque la Junta para la disolución de la sociedad; y si esto
no fuera posible, inste la disolución judicial, al ser imposible el nombramiento
de otro administrador en su sustitución que haga operativo el funcionamiento de
la sociedad. En definitiva, la caducidad del cargo de administrador no es automática. RSL TEAC 02-06-2016.
Sabia Vd. Si despide a un empleado que antes de ser indefinido tuvo varios contratos temporales, ¿qué antigüedad deberá computar para calcular su indemnización? Indemnización. Su empresa va a efectuar un despido por causas objetivas. Dado que sabe que si se equivoca a la hora de calcular la indemnización el despido será declarado improcedente, le interesa conocer cuál es la forma correcta de calcularla si el trabajador despedido ha tenido varios contratos encadenados en su empresa. Encadenamiento. En general, si entre el último contrato temporal y el indefinido pasaron más de 20 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni festivos), para calcular la indemnización sólo deberá computar como antigüedad la duración del último contrato. ¡Atención! Sin embargo: Si ha pasado un plazo inferior, la indemnización se calculará atendiendo al inicio del contrato temporal. Asimismo, deberá computar como antigüedad la fecha del primer contrato si el laps
Comentarios
Publicar un comentario
Gracias por su apreciable colaboracion, lo antes posible le contestaremos. El Grupo de Colaboradores de Estudio Juridico 4,S.L., Calle Luz Casanova,12,46009 Valencia. Tel 963689510 email: ej4@estudiojuridico4.es