¿Sabia Vd?....Recordatorio: Hasta el 21 de agosto de 2017 se presentan declaraciones mensuales de IVA, IRPF e IS
Le recordamos que el plazo de
declaración de los modelos de presentación mensual del Impuesto sobre el Valor
Añadido (IVA), Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas (IRPF) e Impuesto sobre Sociedades (IS) correspondientes
al mes de julio comenzará el próximo día 1 de agosto y finalizará el 21 de
agosto.
Estas
son las obligaciones tributarias correspondientes al mes de agosto:
Hasta
el 21 de agosto
RENTA
Y SOCIEDADES
Retenciones
e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas,
premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta,
ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de
inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital
mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
• Julio 2017. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230
IVA
• Julio
2017. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IGIC y
otras operaciones: 340
• Julio
2017. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
IMPUESTOS
ESPECIALES DE FABRICACIÓN
• Mayo 2017. Grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
• Mayo 2017. Grandes empresas: 561, 562, 563
• Julio 2017: 548, 566, 581
• Julio 2017: 570, 580
• Segundo trimestre 2017. Excepto grandes empresas: 553, 554, 555, 556,
557, 558
• Segundo trimestre 2017. Excepto grandes empresas: 561, 562, 563
• Los destinatarios registrados, incluso ocasionales, representantes
fiscales y receptores autorizados, utilizarán como declaración de operaciones
el modelo 510.
IMPUESTO
ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD
•
Julio 2017.
Grandes empresas: 560
Hasta
el 30 de agosto
IVA
•
Julio 2017.
Autoliquidación: 303
•
Julio 2017. Grupo
de entidades, modelo individual: 322
•
Julio 2017. Grupo
de entidades, modelo agregado: 353
Hasta el 31 de agosto
Se
podrán presentar los modelos 349 del IVA y 430 del Impuesto sobre las Primas de
Seguros, cuyo plazo concluye el 20 de septiembre
Por este motivo, les rogamos que,
en el menor plazo posible, nos faciliten
toda la documentación así como aquellos datos que les solicitamos para poder
realizar la confección y presentación de
dichas declaraciones.
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