Ir al contenido principal

DESPIDO POR GRABACION DE VIDEO NULO, HAY QUE AVISAR AL TRABAJADOR DE LA CÁMARA SU OBJETO

Sabia Vd.

El Tribunal Supremo acaba de anular el despido disciplinario de una cajera basándose en que la grabación en la que se basa la decisión de la empresa no es válida porque ésta no avisó previamente a los trabajadores de que el sistema de seguridad se utilizaría también para controlar a los empleados.
La Sala de lo Social resuelve así un supuesto en que la empresa grabó a una empleada evitando el escaneo de diversos productos en beneficio de un comprador. A pesar de ello, tal prueba no puede utilizarse en el juicio, ya que, según el Alto Tribunal, la empresa indicó a los trabajadores que el objetivo de las cámaras no era controlar a los trabajadores, sino a los clientes que pudieran sustraer productos del supermercado.

Cámaras 'antirobo'

El fallo, difundido hoy por el Supremo -el texto final se hará público en los próximos días-, desestima el recurso presentado por la empleadora contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) del País Vasco en 2010.
Para ello, el Supremo se basa en que "la ilegalidad de la conducta empresarial no desaparece por el hecho de que la existencia de las cámaras fuera apreciable a simple vista".
Tal doctrina se basa precisamente en el criterio sostenido por el Tribunal Constitucional, que asegura que no basta que existan distintivos anunciando la instalación de cámaras, sino que es necesario informar a los trabajadores de forma precisa de la finalidad de los dispositivos.


Comentarios

Entradas populares de este blog

Recientemente, el Tribunal Supremo, en su sentencia núm. 997/2024 de 9 de julio, ha establecido que los días de descanso semanal no pueden solaparse con los 14 festivos anuales establecidos sin que la empresa compense adecuadamente a los trabajadores.

¿Sabia Vd?.... El Tribunal Supremo confirma que los días de descanso no pueden coincidir con los festivos Recientemente, el Tribunal Supremo, en su sentencia núm. 997/2024 de 9 de julio, ha establecido que los días de descanso semanal no pueden solaparse con los 14 festivos anuales establecidos sin que la empresa compense adecuadamente a los trabajadores. Recientemente, el Tribunal Supremo, en su sentencia núm. 997/2024 de 9 de julio, ha establecido que los días de descanso semanal no pueden solaparse con los 14 festivos anuales establecidos sin que la empresa compense adecuadamente a los trabajadores. Esta resolución refuerza los derechos de los empleados, destacando la importancia de garantizar tanto el descanso semanal como los festivos laborales. Puntos clave de la sentencia Derecho a la compensación : Si el día de descanso semanal coincide con uno de los 14 festivos anuales, la empresa está obligada a compensar al trabajador, ya sea: Con un descanso equivalente en otro día. Median...

¿PIERDO LA ANTIGUEDAD SI FIRMO UNA BAJA VOLUNTARIA Y FIRMO UN CONTRATO NUEVO INDEFINIDO?

Sabia Vd. Si despide a un empleado que antes de ser indefinido tuvo varios contratos temporales, ¿qué antigüedad deberá computar para calcular su indemnización? Indemnización. Su empresa va a efectuar un despido por causas objetivas. Dado que sabe que si se equivoca a la hora de calcular la indemnización el despido será declarado improcedente, le interesa conocer cuál es la forma correcta de calcularla si el trabajador despedido ha tenido varios contratos encadenados en su empresa. Encadenamiento. En general, si entre el último contrato temporal y el indefinido pasaron más de 20 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni festivos), para calcular la indemnización sólo deberá computar como antigüedad la duración del último contrato. ¡Atención! Sin embargo: Si ha pasado un plazo inferior, la indemnización se calculará atendiendo al inicio del contrato temporal. Asimismo, deberá computar como antigüedad la fecha del primer contrato si el laps...

REVISTA INFORMACION DE SABIA VD DEL MES DE MARZO 2025

¿Sabia Vd?....      Estimado cliente le enviamos la revista de nuestro despacho y de la Red de despachos internacional de Iustime que somos socios y respesentantes en Valencia. Esperamos que sea de su interes, ya que trata de noticias y novedades juridicas que afectan a las empresas. Atentamente. REVISTA MES DE MARZO DESCARGA