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NUEVA NORMATIVA EN LA COMUNIDAD VALENCIANA CON APLICACION A PARTIR DEL 25 DE OCTUBRE DE 2020 A LAS 1 HORAS (MADRUGADA)

¿Sabia Vd?....NUEVA NORMATIVA EN LA COMUNIDAD VALENCIANA CON APLICACION A PARTIR DEL 25 DE OCTUBRE DE 2020 A LAS 1 HORAS (MADRUGADA)

¿Cuándo entra en vigor?
En la medianoche del sábado 24 al domingo 25 de octubre.

¿Qué horario y a qué población afecta?
Se restringe la movilidad nocturna desde medianoche hasta las seis de la mañana en toda la Comunidad Valenciana.

¿Hasta cuándo durará el toque de queda?
La restricción se extenderá hasta el miércoles 9 de diciembre, una vez haya pasado el puente de la Inmaculada Concepción.

¿Quién no esta obligado al confinamiento?
Solo podrán transitar por la calle aquellas personas que vayan a trabajar, que tengan una urgencia médica o que se desplacen para atender a personas dependientes.
[15:40, 24/10/2020] José Checa: Además, a partir de la una de la madruga entra en vigor una resolución con nuevas restricciones que el Tribunal Superior de Justicia de laComunidad valenciana (TSJCV) tendrá que validar. Así pues, se limita a seis personas el número máximo de miembros en una reunión de carácter familiar o social en espacios públicos y privados entre personas no convivientes.

Los jardines y espacios al aire libre solo podrán abrirse hasta las diez de la noche y estará prohibida la venta de alcohol de 22 a 8 horas, excepto en bares y restaurantes. En los establecimientos de hosteleria y restauración el consumo se realizará siempre en la mesa -con un máximo de seis personas-, nunca en la barra, y cerrarán a medianoche
Es importante que a los trabajadores si salen o vuelven a su casa en el horario prohibido la empresa le debe de entregar un justificante de su hora de salida de la empresa

MODELO PARA TRABAJADORES CON UN SOLO CENTRO DE TRABAJO CON NECESIDAD DE DESPLAZAMIENTO POR MOTIVOS LABORALES



D./ Dña. ______________ con DNI _____, representante legal representante de la empresa __________, con domicilio en _____________, por medio del presente escrito,

CERTIFICA:

Que la empresa no desarrolla ninguna de las actividades que se encuentran expresamente suspendidas como medida de contención frente al COVID-19 en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativos, actividades de hostelería y restauración, y Resolución 24 de Octubre de 2020 de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, de la Comunidad Valenciana publicado DOGV, acuerdo sobre medidas excepcionales  consecuencia de la crisi sanitaria ocasionada por el COVID-19.


- Que D./Dña………………..…....., con DNI ..................... y con domicilio en ..................................; presta sus servicios como trabajador/a de nuestra empresa, debiendo desplazarse diariamente desde su domicilio hasta el de nuestras instalaciones.

-Que el trabajador/a D/Dña __________ presta sus servicios de .__ a __ de la semana, con el siguiente horario de trabajo: _a __  hs y de __ a ___ hs.

-Que se expide el presente certificado a los efectos de que D/DÑA ___________ pueda acreditar ante las autoridades competentes la realidad de sus obligaciones laborales y la necesidad de realizar los desplazamientos señalados.
En _____ a ___ de octubre de 2020

Firma y sello de la empresa
 Firma del representante empresarial y sello de empresa

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