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Plazos para la presentación de las solicitudes de altas, bajas y variaciones de datos en la Seguridad Social


La contratación de un nuevo trabajador, la finalización de un contrato de trabajo o la reducción del número de horas en la jornada de trabajo, son datos que toda empresa/autónomo debe trasladar a la Seguridad Social.
En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, es el empresario quién está obligado a solicitar el alta, la baja y a comunicar las variaciones de datos de todos sus trabajadores. En el caso del trabajador autónomo es él el responsable directo de cumplir la obligación de solicitar su alta, baja y variación de datos.
Plazos de presentación
En el cuadro siguiente se recogen los plazos para la presentación de las solicitudes de alta, baja y variación de datos según los diferentes regímenes:
PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE ACTOS RELACIONADOS CON LA AFILIACIÓN DE ALTAS Y BAJAS DE TRABAJADORES EN RÉGIMEN GENERAL
 
Altas
Bajas y Variaciones
Previo al inicio de la relación laboral hasta 60 días naturales antes
3  días naturales
PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE ACTOS RELACIONADOS CON LA AFILIACIÓN DE ALTAS Y BAJAS DE TRABAJADORES EN RÉGIMEN ESPECIAL AUTÓNOMOS
 
Altas
Bajas y Variaciones
Previo al inicio de la actividad hasta 60 días naturales antes
3  días naturales
PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE ACTOS RELACIONADOS CON LA AFILIACIÓN DE ALTAS Y BAJAS DE TRABAJADORES EN RÉGIMEN MINERÍA DEL CARBÓN
 
Altas
Bajas y Variaciones
Previo al inicio de la relación laboral
3  días naturales
PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE ACTOS RELACIONADOS CON LA AFILIACIÓN DE ALTAS Y BAJAS DE TRABAJADORES EN RÉGIMEN ESPECIAL DEL MAR
Altas
Bajas y Variaciones
Trabajadores Cuenta Ajena
Previo al inicio de la relación laboral hasta 60 días naturales antes.
3 días naturales
Trabajadores Cuenta Propia
Previo al inicio de la relación laboral hasta 60 días naturales antes.
3 días naturales
Fuente: Seguridad Social

Los partes de alta, baja y variaciones de datos que se pueden presentar a través del Sistema RED son los correspondientes a los siguientes Regímenes:
  • Régimen General: Dentro del Régimen General están incluidos los siguientes colectivos:
    • Colectivo General
    • Artistas Sistema Especial de frutas, hortalizas y conservas vegetales
    • Régimen Especial de Minería del Carbón
  • Régimen Especial del Mar: Trabajadores por cuenta ajena.
La afiliación de los trabajadores por cuenta ajena ha de ser solicitada por sus empresarios con anterioridad a la iniciación de los servicios. Si los empresarios no cumplen con esta obligación, serán los propios trabajadores los que pueden instar su afiliación.

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