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Sabia Vd....
Novedades en módulos para 2016
Recientemente se ha publicado la orden que desarrolla para 2016 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA. Apunte. Así, en 2016 quedarán excluidos de módulos los empresarios que en 2015 hayan superado los siguientes límites:
  • Volumen total de ingresos: 250.000 euros.
  • Operaciones en las que exista obligación de expedir factura cuando el destinatario sea empresario: 125.000 euros.
  • Volumen de compras en bienes y servicios, excluidas las adquisiciones de inmovilizado: 250.000 euros.
Pese a lo anterior, con independencia del volumen de ventas y compras alcanzado en 2015, determinadas actividades no podrán seguir aplicando el régimen de módulos en 2016. ¡Atención! En general, este cambio afectará a las actividades cuyos rendimientos están sometidos a una retención del 1% (como, por ejemplo, actividades de carpintería metálica, albañilería...). Pulse aquí para descargar un cuadro publicado por Hacienda en el que aparecen las actividades incluidas en módulos hasta 2015 y que se han visto afectadas por esta exclusión.

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