Sabi
DIETAS DE
LOS TRABAJORES EXENTAS
TRABAJADORES
EN GENERAL
Los
gastos incurridos por la empresa en concepto de dietas por manutención,
desplazamiento y estancia del personal son fiscalmente deducibles en el
Impuesto sobre Sociedades.
Los empleados, por su parte, no deben computar ningún ingreso, ya que las cantidades que reciben no son una retribución, sino una compensación de los gastos efectivamente incurridos. ¡Atención! No obstante, esta exención en el IRPF tiene unos límites, y, en caso de ser superados, los empleados deberán declarar la retribución por el exceso:
Cuantías exceptuadas de gravamen en el IRPF de los empleados
Gastos diarios de manutención exentos (el exceso tributa en el IRPF)
CONDUCTORES DE CAMIÓN
Los
conductores de vehículos destinados al transporte de mercancías por carretera
que pernocten en municipio distinto al del lugar de trabajo habitual y al de su
propio domicilio –además de las dietas exentas por desplazamiento y manutención
indicadas– también pueden percibir una dieta por gastos de estancia, sin
necesidad de justificarlos. ¡Atención!
Al contrario del resto de trabajadores, que siempre deben justificar todos los
gastos de estancia para que queden exentos.
Esta dieta por estancia quedará exenta de tributación en el IRPF del perceptor, hasta los siguientes límites:
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DIETAS DE
LOS TRABAJORES EXENTAS
TRABAJADORES
EN GENERAL
Los
gastos incurridos por la empresa en concepto de dietas por manutención,
desplazamiento y estancia del personal son fiscalmente deducibles en el
Impuesto sobre Sociedades.Los empleados, por su parte, no deben computar ningún ingreso, ya que las cantidades que reciben no son una retribución, sino una compensación de los gastos efectivamente incurridos. ¡Atención! No obstante, esta exención en el IRPF tiene unos límites, y, en caso de ser superados, los empleados deberán declarar la retribución por el exceso:
Cuantías exceptuadas de gravamen en el IRPF de los empleados
CONCEPTO
|
IMPORTE
|
Gastos de
desplazamiento en transporte público
|
Los que
se justifiquen
|
Gastos de
desplazamiento en vehículo del empleado
|
0,19
euros por km
|
Gastos
por peaje y aparcamiento
|
Los que
se justifiquen
|
Gastos de
estancia (alojamiento)
|
Los que
se justifiquen
|
Gastos diarios de manutención exentos (el exceso tributa en el IRPF)
CONCEPTO
|
EN ESPAÑA
|
EN EL
EXTRANJERO
|
Por
desplazamiento sin pernocta
|
26,67
|
48,08
|
Por
desplazamiento con pernocta
|
53,34
|
91,35
|
CONDUCTORES DE CAMIÓN
Los
conductores de vehículos destinados al transporte de mercancías por carretera
que pernocten en municipio distinto al del lugar de trabajo habitual y al de su
propio domicilio –además de las dietas exentas por desplazamiento y manutención
indicadas– también pueden percibir una dieta por gastos de estancia, sin
necesidad de justificarlos. ¡Atención!
Al contrario del resto de trabajadores, que siempre deben justificar todos los
gastos de estancia para que queden exentos.Esta dieta por estancia quedará exenta de tributación en el IRPF del perceptor, hasta los siguientes límites:
- 15 euros diarios
si el desplazamiento se produce en España.
- 25 euros diarios
si corresponde a desplazamientos al extranjero.
CUADRO RESUMEN DE LAS RETRIBUCIONES EN ESPECIE EXENTAS
DEL IRPF
Vea cuáles son las retribuciones en especie que puede satisfacer a sus
trabajadores sin que éstos deban tributar en su IRPF y las ventajas que esta
forma de retribuir al personal pueden suponer para su empresa.
TIPO DE RETRIBUCIÓN
|
VENTAJAS PARA LA EMPRESA
|
Gastos de
formación: acciones formativas.
|
|
Gastos de
formación.
Entrega gratuita de ordenadores.
|
|
Pago de
seguros médicos.
|
|
Primas por
seguro de accidente laboral o responsabilidad civil.
|
|
Vales de
comida.
|
|
Servicios
de transporte colectivo.
|
|
Servicios
de guardería.
|
|
Cheque
transporte.
|
|
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