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NUEVO SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL PARA AÑO 2025

¿Sabia Vd?....

Se ha publicado en el BOE el Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2025.

 

El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 39,47 euros/día o 1184 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses.

 

La revisión del salario mínimo interprofesional establecida en este real decreto no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales que viniesen percibiendo las personas trabajadoras cuando tales salarios en su conjunto y en cómputo anual fuesen superiores a dicho salario mínimo.

 

A tales efectos, el salario mínimo en cómputo anual que se tomará como término de comparación será el resultado de adicionar al salario mínimo los complementos salariales, sin que en ningún caso pueda considerarse una cuantía anual inferior a 16.576 euros.

 

Las personas trabajadoras eventuales, así como las temporeras y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte días percibirán, conjuntamente con el salario mínimo, la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, así como de las dos gratificaciones extraordinarias a que, como mínimo, tiene derecho toda persona trabajadora, correspondientes al salario de treinta días en cada una de ellas, sin que la cuantía del salario profesional pueda resultar inferior a 56,08 euros por jornada legal en la actividad.

 

Entrada en vigor: el día 13 de febrero de 2025 y surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, procediendo, en consecuencia, el abono del salario mínimo fijado en este con efectos desde el 1 de enero de 2025.

 

IMPORTANTE: El criterio del Ministerio de Hacienda y AEAT este este año el SAMI esta sujeto a retencion y a declaracion sobre la renta, ello se traduce en que el liquido y aumento sera menor al estar sujeto a impuesto IRPF.Los trabajadores afectados por el alza del SMI tendrán que pagar a Hacienda 300 euros

Evolución del Salario Mínimo Interprofesional

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