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¿Hay que declarar las cantidades indebidamente recibidas por el SEPE en el IRPF?

¿Sabia Vd?...

La gran cantidad de ERTE que ha tramitado el SEPE ha provocado que se hayan producido muchos errores, ya sea por no haber recibido ninguna prestación, recibirla tarde o por haber cobrado de más.

Los cobros de más pueden afectar al IRPF, y se han producido principalmente por dos motivos:

Trabajadores que han estado en ERTE, han vuelto a trabajar y siguen cobrando esta prestación.
Trabajadores que han recibido importes superiores a los que les corresponderían.
En el caso de cobros de prestaciones indebidas por el SEPE, de cara a la Agencia Tributaria se pueden dar dos supuestos:

  • El reintegro de lo pagado en exceso por el SEPE ya se haya producido en 2020. En este caso, a la Agencia Tributaria ya le constará la cantidad correcta; ese importe correcto aparecerá reflejado en los datos fiscales y el contribuyente presentará su declaración normalmente a partir de esos datos, sin tener que solicitar rectificaciones posteriores.
  • El reintegro de lo pagado en exceso por el SEPE no se ha producido en 2020. En este caso es necesario distinguir dos alternativas:
    • El SEPE ya haya iniciado el procedimiento de regularización. En este caso el SEPE lo comunicará a la Agencia Tributaria y en los datos fiscales la Agencia informará al contribuyente de los dos importes: el inicialmente abonado por el SEPE y el de la devolución ya practicada, o pendiente de realizar por el contribuyente al SEPE. Si el contribuyente está de acuerdo con las cuantías a reintegrar al SEPE, podrá trasladar esa información a Renta Web y presentar su IRPF.
    • El SEPE no ha iniciado el procedimiento de regularización. En este caso si el SEPE ha comunicado a la Agencia Tributaria que ha detectado cuantías indebidamente percibidas, la Agencia Tributaria informará al contribuyente en datos fiscales de que existe una cantidad pendiente de devolución al SEPE, pero no podrá concretar su cuantía al no conocerla. Figurará en Renta Web el apartado correspondiente a cuantías indebidamente percibidas pagadas por el SEPE por ERTE, pero sin importe.
SEPE: Información fiscal del ejercicio 2020 de beneficiarios de prestaciones por ERTE COVID-19

En la propia página web del SEPE se comunica que por Acuerdo entre el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), y la Agencia Tributaria (AEAT) sobre intercambio de información fiscal del ejercicio 2020 de beneficiarios de prestaciones ERTE como consecuencia de la COVID-19, el SEPE ha comunicado a la AEAT todas las posibles percepciones indebidas derivadas de prestaciones por ERTE COVID-19 correspondientes al ejercicio 2020 que constan hasta el mes de marzo de 2021, incluidos los casos en los que no se ha iniciado el procedimiento de reclamación, y con independencia de si se ha procedido o no a la devolución. La información remitida a la AEAT se actualizará por parte del SEPE de forma periódica.

Si no ha recibido comunicación del SEPE, pero consta información de percepción indebida en los datos fiscales, NO ACUDA a su oficina de prestaciones. Próximamente se le notificará el inicio del procedimiento.

Dado que la AEAT contará, en todo momento, con información actualizada, no será necesaria la aportación de certificados de importes ni de ninguna otra documentación por parte de los interesados.

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