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Ayudas 2018 Plan Renove Renhata de Ventanas.

¿Sabia Vd?....
Ayudas 2018 Plan Renove Renhata de Ventanas.  Comunitat Valenciana resumen

Bases: Orden 3/2017 (DOCV 07-02-2017) Convocatoria 2018 y Extracto: Rsl 08-01-2018 (DOCV 15-01-2018)

Plazo solicitudes: comenzará el 29-01-2018 y finalizará el 14-06-2018.

La adhesión de los comercios y empresas instaladoras comenzará 18-01-18 y finalizará el 15-05-2018

Objeto: destinado a la rehabilitación térmica de ventanas y puertas-ventana (acristalamiento, marco y premarco) en viviendas habituales de la Comunitat Valenciana.

Beneficiarios: cualquier persona física propietaria, arrendataria o usufructuaria de una vivienda de ocupación habitual situada en la Comunitat Valenciana.

Actuaciones: se considera como actividad susceptible de ayuda la renovación de ventanas y puertas-ventana -acristalamiento, marco y premarco- en la vivienda de ocupación habitual.

Será subvencionable la instalación (montaje y desmontaje), el acristalamiento, el marco y premarco; no serán subvencionables las persianas y otros elementos de protección solar, las obras de albañilería ajenas al objeto de estas ayudas, ni las tasas o licencias necesarias para llevar a cabo la instalación.

Se deberán cumplir las siguientes especificaciones técnicas:

a) Las ventanas y puertas-ventana deberán formar parte de los cerramientos a exterior de la vivienda (que separen los recintos o estancias calefactados o refrigerados del ambiente exterior), no siendo objeto de subvención la reforma de superficies acristaladas ubicadas en los cerramientos interiores.
b) Los acristalamientos a sustituir deberán ser acristalamiento simple. En el caso de sustitución de ventanas y puertas-ventanas correderas ineficientes térmicamente, los acristalamientos existentes podrán ser simples o dobles.
c) Las nuevas ventanas y/o puertas-ventana deberán contar con marcado CE.
d) Las nuevas ventanas y/o puertas-ventana tendrán una permeabilidad al aire ≤ 27 m³/h·m² a 100 Pa (clase 2 o superior) según norma UNE-EN 12207.
e) Las características térmicas de las nuevas ventanas y puertas-ventana deberán ser, dependiendo de la clasificación de poblaciones recogidas en el Anexo I, las detalladas en la tabla del art.4 de la Rsl de la convocatoria.

Las renovaciones objeto de estas ayudas tienen que tener como destino final su instalación dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.

No se considerará actuación susceptible de ayuda:
– Renovaciones de ventanas y puertas-ventana que conlleven a un aumento de la superficie acristalada en + de 25 %.
– Los cerramientos acristalados que se coloquen o renueven con la finalidad de cerrar terrazas, balcones o galerías, o amplíe la superficie habitable de la vivienda, ya que estos suponen una modificación y no una rehabilitación térmica del edificio.
– La renovación ventanas o puertas-ventana interiores ubicados en cerramientos en contacto con espacios habitables.
– La renovación de los marcos o acristalamientos únicamente.
– La instalación o renovación de persianas, dispositivos de lamas, toldos, «films» o «screens» de protección solar.

·          Será requisito indispensable que la persona o empresa instaladora adherida al Plan Renove de ventanas, realice la instalación completa de las ventanas.
·          El coste subvencionable se calculará con la suma de la inversión en los elementos subvencionables, más el IVA, descontada la aportación del comercio o empresa instaladora adherida al Plan Renove de ventanas.
·         Se considerarán solo proyectos cuyo coste subvencionable sea superior a 1.000 €.
·         Sólo serán subvencionables las renovaciones realizadas a partir de la fecha de inicio de presentación de solicitudes.

Cuantía: la ayuda individual, aportada por el IVACE, será como máximo de 75 €/m² para renovaciones completas de las ventanas o puertas-ventana (acristalamiento, marco y premarco).

La aportación del comercio o empresa instaladora adherida, consistirá en un descuento en la factura de 15 €/m² en el momento de la instalación.

La aportación del IVACE se abonará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en la solicitud, una vez finalizada la tramitación y siempre que haya recaído resolución de concesión; la aportación del comercio o empresa instaladora se realizará mediante descuento sobre la base imponible de la factura, es decir, antes de impuestos.

La cuantía de la ayuda aportada por el IVACE, no podrá superar en ningún caso el 30 % del coste subvencionable. Si se diera este caso, la aportación del IVACE se reducirá hasta el límite del 30 %. Asimismo la cuantía de ayuda máxima será de 3.000 € por vivienda en el que se sustituyan las ventanas y puertas-ventana.

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