Sabia Vd....Subvenciones 2016 programa fomento empleo – contratación
colectivos vulnerables - Comunitat Valenciana - RESUMEN
Obligaciones del beneficiario (entre otras):
Contrataciones
excluidas:
Personas destinatarias finales:
·
Programa de fomento de la contratación indefinida inicial son las
personas con diversidad funcional: las personas con un grado de discapacidad
reconocido igual o superior al 33 %, así como pensionistas de la Seguridad
Social que tengan reconocida una pensión de IPT, IPA o GI; y pensionistas de
clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por
incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Acciones subvencionables y cuantía:
Condiciones
Bases:
Orden
7/2016 (DOCV 07-07-2016)
Objeto:
subvenciones destinadas a fomentar la contratación y el empleo
de calidad de colectivos vulnerables en el ámbito territorial de la Comunitat
Valenciana.
PROGRAMAS:
·
Programa de fomento de la contratación indefinida inicial de colectivos vulnerables.
·
Programa de fomento de la contratación
de personas con diversidad funcional.
·
Programa de fomento de la jornada
laboral a tiempo completo (no convocadas)
Beneficiarios: cualquier empleador de naturaleza jurídica privada,
incluidos los trabajadores autónomos, con
ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana.
No
podrán obtener la condición de beneficiario:
a) las
personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones
establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003 General
de Subvenciones; a tal efecto, presentarán la declaración responsable.
b) las
agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las
sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad
económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica,
pudiera realizar las actuaciones subvencionables.
Obligaciones del beneficiario (entre otras):
a)
Formalizar los contratos de trabajo por escrito.
b) Los
contratos a jornada parcial deberán recoger expresamente en su clausulado el
número de horas semanales de trabajo; los contratos por obra o servicio, su
duración estimada expresada en meses completos.
c) En los
supuestos de contratación indefinida inicial y conversión a indefinido mantener
el empleo creado durante al menos doce meses.
d) En el
supuesto de contratación temporal, mantener el empleo creado durante al menos
el periodo de tiempo establecido en el contrato objeto de subvención.
e) Durante
el periodo de mantenimiento del contrato subvencionado, no podrá disminuir la
plantilla media de los trabajadores en situación de alta en la entidad
beneficiaria, salvo que esta situación responda a vacantes originadas por la
baja voluntaria, muerte, discapacidad sobrevenida, jubilación por motivos de
edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente
de la persona trabajadora.
f) Aportar
en el plazo de un mes tras la finalización del periodo de mantenimiento del
contrato, el Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social relativo a
la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta durante
dicho periodo de mantenimiento.
Contrataciones
excluidas:
a) Cualquier modalidad contractual que no tenga carácter indefinido
(esta exclusión no se aplicará al Programa de fomento de la contratación de
personas con diversidad funcional severa) o que tenga un periodo de prueba
igual o superior a 12 meses; los contratos fijos discontinuos y los contratos
de servicio del hogar familiar.
b) Contrato a tiempo parcial de menos de 30 horas semanales (15 horas
en el caso de personas con diversidad funcional severa), con independencia del
porcentaje que representen sobre la jornada habitual.
c) Personas trabajadoras que hubieran finalizado su relación laboral
por mutuo acuerdo con la entidad empleadora en los tres meses previos a la
contratación.
d) Contratos realizados por empresas de trabajo temporal para la
puesta a disposición de la persona trabajadora en empresas usuarias en las que
prestarán sus servicios.
e) Contratos realizados por empresas que hubieran sido excluidas como
beneficiarias de programas de empleo.
f) Contratos realizados por empresas sancionadas en los dos años
anteriores a la presentación de la solicitud por la comisión de infracciones
graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales.
g) Relaciones laborales de carácter especial del artículo 2.1 del
Estatuto de los Trabajadores.
h) Contratos en que la entidad empleadora o los cargos directivos o
miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma
jurídica de sociedad o de las entidades privadas sin ánimo de lucro, mantengan
con la persona trabajadora contratada una relación de cónyuge, ascendiente,
descendiente o demás parientes, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo
grado, y sus análogas en el caso de las parejas de hecho.
Programa de fomento contratación indefinida
inicial colectivos vulnerables
Bases:
Orden
7/2016 (DOCV 07-07-2016)
Convocatoria 2016:
Rsl
22-07-2016 (DOCV 28-07-2016) Extracto:
Rsl 22-07-2016 (DOCV 28-07-16)
Presentación
solicitudes:
se iniciará el día 29-07-2016 y finalizará el 31-10-2016.
Con carácter adicional a este plazo general, las solicitudes
deberán presentarse en el plazo específico de dos meses desde la contratación objeto de la subvención.
Objeto: subvenciones
para fomentar la contratación indefinida inicial de las
personas desempleadas pertenecientes a colectivos vulnerables, del ámbito
territorial de la Comunidad Valenciana.
Beneficiarios: cualquier
empleador de naturaleza jurídica privada, incluidos los trabajadores autónomos, con ámbito de actuación en
la Comunitat Valenciana.
Destinatarios
finales:
deberán pertenecer en el momento de su contratación a alguno de
los siguientes colectivos vulnerables:
a)
Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los
Servicios Sociales de cualquier administración pública.
b)
Personas desempleadas de larga duración mayores de 45 años.
c)
Personas desempleadas de muy larga duración.
d)
Personas mayores de 50 años.
En todo caso, las personas destinatarias finales deberán haber
permanecido desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en los Centros
SERVEF de Empleo hasta su contratación.
Acciones
subvencionables y cuantía:
1)
Resultará
objeto de subvención la contratación indefinida inicial a jornada completa
de las personas desempleadas de los colectivos vulnerables mencionados.
2)
El
importe ascenderá a 5.503,68 €
En el caso de contratación de mujeres o de personas con
diversidad funcional a 7.338,24 €;
En el caso de
contratación de mujeres víctimas de
violencia sobre la mujer o de personas con diversidad funcional severa a
9.172,80 €.
3)
Los
contratos indefinidos a tiempo parcial de al menos 30 horas semanales
(15 horas semanales en el caso de personas con diversidad funcional severa)
resultarán subvencionables con reducción proporcional de la cuantía de la
ayuda.
Condiciones
de la contratación:
La contratación
deberá efectuarse con
posterioridad a la publicación de la presente convocatoria de
subvenciones para el ejercicio 2016.
La
contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla de
personas trabajadoras de la entidad empleadora en comparación con la plantilla
media de las personas trabajadoras en situación de alta en los treinta días
naturales anteriores a la celebración del contrato, o su mantenimiento cuando
el puesto hubiera quedado vacante por la baja voluntaria, muerte, discapacidad
sobrevenida, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por
causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora.
Programa de fomento contratación personas con
diversidad funcional
Bases:
Orden
7/2016 (DOCV 07-07-2016)
Convocatoria 2016: Rsl 21-07-16 (DOCV
26-07-16) Extracto: Rsl 21-07-16
(DOCV 26-07-16)
Presentación
solicitudes: se iniciará el día 27-07-2016 y finalizará
el 20-09-2016.
Con
carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en
el plazo de
dos meses desde la contratación objeto de la subvención.
Objeto: subvenciones para
fomentar la contratación indefinida inicial de personas con diversidad
funcional, así como la contratación temporal y la conversión a indefinido de
contratos temporales de personas con diversidad funcional severa en el ámbito
territorial de la Comunitat Valenciana.
Beneficiarios: cualquier
empleador de naturaleza jurídica privada, incluidos los trabajadores autónomos, con ámbito de actuación en
la Comunitat Valenciana.
Personas destinatarias finales:
·
Programa de fomento de la contratación indefinida inicial son las
personas con diversidad funcional: las personas con un grado de discapacidad
reconocido igual o superior al 33 %, así como pensionistas de la Seguridad
Social que tengan reconocida una pensión de IPT, IPA o GI; y pensionistas de
clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por
incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
·
Programa de fomento de
la contratación de personas con diversidad
funcional severa: las
personas con un grado de discapacidad intelectual o enfermedad mental
reconocido igual o superior al 33 % o con un grado de discapacidad física o
sensorial reconocido igual o superior al 65 %. Se entenderá acreditada una
discapacidad intelectual o enfermedad mental igual o superior al 33 % en los
casos de incapacidad permanente total o absoluta en que concurra una
discapacidad de carácter psíquico o enfermedad mental y en los casos de pluridiscapacidad
psíquica y física o sensorial igual o superior al 33 %.
·
Salvo en el supuesto de
conversión a indefinido de contratos temporales, las personas destinatarias
finales deberán haber permanecido desempleadas e inscritas como demandantes de
empleo en los Centros SERVEF de Empleo hasta su contratación.
Acciones subvencionables y cuantía:
1. En el caso de contratación indefinida inicial a jornada
completa de personas con diversidad funcional:
El
importe de la subvención ascenderá a 7.338,24 €
En el
caso de contratación de mujeres con
diversidad funcional víctimas de violencia sobre la mujer o de personas con
diversidad funcional severa, a 9.172,80 €.
2.
En el caso de contratación temporal a jornada completa de personas con
diversidad funcional severa por un periodo de entre 3 y 9 meses, el
importe de la subvención será el resultado de multiplicar 764,40 € por el número de meses de
mantenimiento del contrato.
3.
En el caso de conversión a indefinido a jornada completa de contratos
temporales de personas con diversidad funcional severa, el importe de la
subvención ascenderá a 9.172,80
€.
4.
Los contratos a tiempo parcial de al
menos 30 horas semanales (15 horas semanales en el caso de personas con
diversidad funcional severa) resultarán subvencionables con reducción proporcional subvención.
5.
El importe acumulado de las subvenciones que se concedan a un empleador por una misma
persona trabajadora no podrá superar el importe de la subvención que, en
proporción a la jornada de trabajo, hubiera correspondido por contratación
indefinida inicial.
Condiciones
1. La
contratación o conversión a indefinido deberán efectuarse en 2016, con posterioridad a la publicación de la
presente convocatoria.
2. La
contratación, tanto indefinida como temporal, deberá representar un incremento neto de la plantilla de
personas trabajadoras de la entidad empleadora en comparación con la plantilla
media de las personas trabajadoras en situación de alta en los treinta días
naturales anteriores a la celebración del contrato, o su mantenimiento cuando
el puesto hubiera quedado vacante a raíz de la baja voluntaria, discapacidad
sobrevenida, muerte, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o
por causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora.
3. La
conversión a indefinido de contratos temporales de personas con diversidad
funcional severa deberá tener lugar durante los 6 primeros meses de la relación
laboral.
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