Sabia Vd....¨ La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Granada
redobla su actividad para
corregir los excesos de empresas y trabajadores, que supusieron 5,5 millones en
sanciones en 2015, un incremento del 2,7%. Se ha pasado de la carencia de alta en
la Seguridad Social de los trabajadores como principal motivo de sanción a las empresas,
a la persecución de jornadas que se prolongan por espacio de ocho
o más horas de trabajo diario cuando en el contrato del empleado figuran tan sólo
cuatro. Una situación que,
según la información que maneja este organismo, afecta especialmente a dos sectores
muy concretos en toda la provincia, como son los de hostelería y comercio. «Este
año hemos puesto la atención también en los contratos formativos, una herramienta que utilizan algunas empresas
de forma abusiva, torticera, pues se aprovechan de las ventajas de este tipo de
pactos para tener en sus plantillas a jóvenes realizando una actividad normal, que
haría otro trabajador, y sin tener tutores».
Sabia Vd. Si despide a un empleado que antes de ser indefinido tuvo varios contratos temporales, ¿qué antigüedad deberá computar para calcular su indemnización? Indemnización. Su empresa va a efectuar un despido por causas objetivas. Dado que sabe que si se equivoca a la hora de calcular la indemnización el despido será declarado improcedente, le interesa conocer cuál es la forma correcta de calcularla si el trabajador despedido ha tenido varios contratos encadenados en su empresa. Encadenamiento. En general, si entre el último contrato temporal y el indefinido pasaron más de 20 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni festivos), para calcular la indemnización sólo deberá computar como antigüedad la duración del último contrato. ¡Atención! Sin embargo: Si ha pasado un plazo inferior, la indemnización se calculará atendiendo al inicio del contrato temporal. Asimismo, deberá computar como antigüedad la fecha del primer contrato si el laps
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