Ir al contenido principal

Las empresas en Erte y el sistema RED pagarán una sanción por cada persona que contraten

¿Sabia Vd?....

Las empresas

en Erte y el sistema RED pagarán una sanción por cada persona que contraten

Las empresas que estando en Erte o dentro del Mecanismo RED contraten a personas para cubrir funciones que pueden ser desarrolladas por su personal tendrán que abonar una sanción que oscila entre 1.000 a 2.000 euros en su grado mínimo, de 2.001 a 5.000 euros en su grado medio y de 5.001 a 10.000 euros en el máximo. La gran novedad es que antes de la entrada en vigor de la reforma laboral, las infracciones graves similares se sancionaban con 8.000 euros por empresa y a partir de hoy será de hasta 10.000 euros, por cada trabajador contratado.

Esta infracción -aprobada en los últimos días de negociación- sometida a esta nueva modalidad de sanción, se suma a otra que el Gobierno presentó en el borrador del 25 de noviembre sobre la transgresión de los contratos temporales en fraude de ley. Regulada por el artículo 7.2 de la Lisos, ya se añadía específicamente que "a estos efectos se considerará una infracción por cada una de las personas afectadas".

Pero en el borrador del 22 de diciembre y en el definitivo de Navidad, el Gobierno amplió a cinco supuestos más esta sanción tanto por el nivel de la cuantía como por la individualización según los trabajadores afectados.

Así, el artículo 40 de la Lisos dedicado a la cuantía de las sanciones crea un nuevo párrafo para desarrollar estas nuevas sanciones. Junto a la infracción anteriormente reseñada del artículo 7.2, ese nuevo párrafo somete a la misma sanción las infracciones recogidas en el artículo 7.14 (nuevo); en el artículo 18 en el punto 2.c y 2.f (de nueva creación), referidos a incumplimientos de las Empresas de Trabajo Temporal (ETT); y en al artículo 19 en los puntos 2.b y 2.g (de nueva creación) referido a empresas subsidiarias. Todas ellas graves.

El nuevo punto 17 del artículo 7 considera como infracción el que una empresa amparada por un Erte o bajo el Mecanismo RED realice horas extraordinarias, establezca nuevas externacionalizaciones de actividad ni concierte nuevas contrataciones laborales. No obstante, matiza que esta infracción no se aplicará si entre el personal en el expediente no hay personas que puedan desempeñar las funciones requeridas "por formación, capacitación u otras razones justificadas". Especifica también que es por cada trabajador.

Los otros dos artículos, el 18 y 19 de la Lisos, se incluyen en la Sección 4º Infracciones laborales en materia de ETT y empresas usuarias y son igualmente consideradas como graves. En ambos casos, se considera infracción -sancionada con las mismas cantidades que los artículos anteriores- formalizar contratos de puesta a disposición para otra empresa que no cumplan los mismos supuestos y las mismas condiciones y requisitos en que la empresa usuaria podría celebrar un contrato temporal. Incluido, salario, horario, beneficios sociales...

En ambos artículos se añade un nuevo supuesto de infracción, cuando se formalice contratos de puesta a disposición para la cobertura de puestos de trabajo respecto de los que no se haya realizado previamente la preceptiva evaluación de riesgos de trabajo. En estos cuatro supuestos, dos del artículo 18 y otros dos del 18, se matiza, como en los anteriores, que se considerará una infracción por cada trabajador afectado. Además, los últimos borradores realizan cambios de redacciones en otros artículos de las Lisos, aunque sin precisar cambios de sanciones, sino para ajustarse a cambios de la reforma laboral. Así, modifica el artículo 6 y artículo 8.

 

Comentarios

Entradas populares de este blog

¿PIERDO LA ANTIGUEDAD SI FIRMO UNA BAJA VOLUNTARIA Y FIRMO UN CONTRATO NUEVO INDEFINIDO?

Sabia Vd. Si despide a un empleado que antes de ser indefinido tuvo varios contratos temporales, ¿qué antigüedad deberá computar para calcular su indemnización? Indemnización. Su empresa va a efectuar un despido por causas objetivas. Dado que sabe que si se equivoca a la hora de calcular la indemnización el despido será declarado improcedente, le interesa conocer cuál es la forma correcta de calcularla si el trabajador despedido ha tenido varios contratos encadenados en su empresa. Encadenamiento. En general, si entre el último contrato temporal y el indefinido pasaron más de 20 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni festivos), para calcular la indemnización sólo deberá computar como antigüedad la duración del último contrato. ¡Atención! Sin embargo: Si ha pasado un plazo inferior, la indemnización se calculará atendiendo al inicio del contrato temporal. Asimismo, deberá computar como antigüedad la fecha del primer contrato si el laps

Principales novedades fiscales para 2023

¿Sabia Vd?.... Principales novedades fiscales para 2023 Para el ejercicio 2023 nos vamos a encontrar con una "batería" de novedades fiscales de cierto calado, que vienen incorporadas sobre todo en la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2023. Junto con esta Ley se han aprobado otras normas importantes con diferentes medidas tributarias novedosas, como el Impuesto de solidaridad de las grandes fortunas, la tributación de los plásticos y sobre depósitos de residuos, la nueva fiscalidad de las llamadas empresas emergentes ("Startups") y los impuestos sobre las energéticas y entidades financieras. Además, también se ha aprobado medidas tributarias introducidas por el Real Decreto-Ley 20/2022, de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania. Podríamos resumir las principales novedades fiscales 2023 en estos apartados: Fiscalidad de personas físicas y grandes patrimonios Nuevo gravamen especial para las grandes fortunas durante 2022 y 20
¿Sabia Vd?.... Se ha publicado en el DOGV la  RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2023, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se publica la línea presupuestaria para la financiación de las subvenciones del Programa Eurodisea para el ejercicio 2023, así como su primera convocatoria anual  (DOGV núm. 9553, 14/03/2023).   Esta convocatoria está destinada a empresas y entidades de la Comunitat Valenciana y tiene por objeto la realización de convenios de prácticas profesionales adecuadas al nivel de estudios con los participantes extranjeros del programa “Eurodisea”, de entre 18 y 30 años, que hayan resultado seleccionados.   Las entidades interesadas deberán poseer su centro de trabajo en la Comunitat Valenciana, tener al menos dos personas empleadas, y designar un supervisor que instruya, supervise y apoye técnicamente a la persona joven en el desarrollo de la práctica.   Características de las prácticas Duración máxima de 6 meses. La fecha de comienzo del periodo de prácti