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DESPIDOS CAMPAÑA DE INSPECCIONES DE HACIENDA

Sabia Vd....

Hacienda lanza inspecciones masivas sobre los despidos de los últimos 4 años

Hacienda inspecciona sin descanso los despidos de los últimos cuatro años no prescritos porque considera que empresas y trabajadores pactan salidas e inflan salarios con el fin de no tributar | Vigila los despidos individuales de forma masiva y empieza a cuestionar los pactos y bajas incentivadas en los ERE | Así lo explican fuentes implicadas en este proceso | EXPANSIÓN ha tenido acceso a citaciones y actas de la Inspección.
Hacienda inspecciones despidos
El Fisco cuestiona la exención en los despidos que no han pasado por conciliación ni por los tribunales aunque la empresa o el trabajador aleguen que son improcedentes. También investiga que el cálculo de la cuantía exenta esté hinchado y que la parte no exenta disfrute de la reducción del 40% por ser una renta irregular. Las sanciones que impone la Inspección llegan hasta el 150% de la cuota. En ocasiones, Hacienda se dirige a la empresa, el caso más habitual; en otras, al trabajador, dado que puede estirar el proceso un año más porque éste declara el despido en la Campaña de la Renta del año siguiente.Montserrat Alonso, abogada de Sagardoy, asesora a varios trabajadores cuyos despido investiga Hacienda. Cuenta que el cerco es de tal calibre que el Fisco incluso inspecciona indemnizaciones que exceden el tope legal pero por las que se tributa por completo. Es decir, que para Hacienda, aunque se tribute, el que se pague una indemnización cuantiosa ya es signo de pacto y, por lo tanto, de despido o indemnización dudosa y cuestionable, en la que discutirá la reducción del gravamen por renta irregular. «Una indemnización alta es signo de una inspección segura», remacha.
Federico Durán, socio director de Laboral de Garrigues y catedrático de Derecho del Trabajo, atribuye la campaña de Hacienda contra el despido a «motivos recaudatorios». El Fisco se dirige sobre todo a despidos individuales, constata, pero «hay signos inquietantes de que puede empezar a dirigirse contra los ERE por considerar que hay un acuerdo individual con los empleados que se acogen voluntariamente», alerta, lo que a su juicio sume a las empresas en la «inseguridad jurídica». Es decir, que se cuestionan ERE que cumplen los requisitos de pérdidas económicas que establece la reforma laboral.
Otro de los aspectos que analiza el Fisco intensamente son las prejubilaciones, explica Fermín Guardiola, socio de Baker & McKenzie. Eduardo Peñacoba, socio de Simmons & Simmons, y Alberto Santos, abogado de Deloitte, constatan que Hacienda también está cuestionando masivamente despidos de directivos y administradores.
Desde la reforma laboral de 2012, los despidos que no lleguen a conciliación tributan. El artículo 7e de la Ley del IRPF establece que estarán exentas las indemnizaciones en la cuantía establecida en el Estatuto de los Trabajadores para el despido improcedente: 33 días por año trabajado con un límite de 24 mensualidades desde la reforma, y hasta febrero de 2012, 45 días de salario por año trabajado, con un máximo de 42 mensualidades.
Son numerosas las consultas vinculantes que ha emitido desde entonces la Dirección General de Tributos de Hacienda, en las que aclara su nueva doctrina y establece que todo despido que no vaya a conciliación o a los tribunales tributará por completo. También explica su cuestionamiento de la irregularidad de determinadas indemnizaciones.
Este precepto convirtió en ley una práctica de Hacienda. La preocupación del Fisco con el despido le ha llevado a extender el gravamen a todos los despidos en la reforma fiscal.
En su anteproyecto de ley, el Gobierno de Mariano Rajoy estableció en 2.000 euros el umbral mínimo exento de tributación por año trabajado, una medida que recibió fuertes críticas y que llegó a convertir la reforma en la reforma fiscal del despido.
Cristóbal Montoro anunció a finales de julio un cambio radical en el modelo previsto: la cantidad exenta de tributar se elevó a 180.000 euros y se convierte en una cuantía fija, siguiendo así el modelo foral vasco y navarro. La medida está en vigor finalmente desde el 1 de agosto, según ha ratificado la publicación de la reforma fiscal en el BOE el pasado 28 de noviembre.

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