Sabia Vd.
Diez reflexiones
para decidir el cambiar al nuevo régimen fiscal de IVA de caja
Algo tan habitual para una empresa o autónomo, como es
el hecho de emitir o recibir una factura, está llevando de cabeza a la mayoría
de empresarios y emprendedores en esta última parte del año | El tiempo se
agota y tomar una decisión de cómo se va a aplicar el IVA en las facturas para
los próximos ejercicios resulta una decisión que no puede tomarse a la primera
de cambio y que exige mucha reflexión | Veamos por qué.
Con la Ley de Emprendedores, las compañías con una
facturación inferior a dos millones de euros tendrán que elegir antes de
finales del ejercicio si siguen con el sistema actual de facturación del IVA o
se acogen al nuevo modelo de IVA de Caja. ¿Pero qué es esto? ¿Por qué es
importante tomar una decisión ahora? ¿Es algo voluntario u obligatorio? ¿Qué
ventajas ofrece? ¿Cuáles son sus principales inconvenientes?
1 ¿Por qué es tan importante tomar una decisión ahora?
Porque existe una fecha límite. Hasta el 31 de
diciembre de 2013tienen de plazo los empresarios que ingresen menos de dos
millones de euros para pronunciarse sobre si siguen con el actual sistema de
IVA o se acogen al sistema de IVA de Caja.
2 ¿Es un trámite voluntario u obligatorio?
Acogerse al nuevo sistema de IVA de Caja es algo
totalmente voluntario. Es el empresario quien asume esa decisión y lo anuncia
acogiéndose al modelo 340, pero también puede continuar como hasta ahora y no
hacer ningún cambio al respecto.
3 ¿Qué implicaciones tiene acogerse al nuevo sistema
de IVA de Caja?
Se trata de una elección muy importante, porque una
vez que el emprendedor o la pyme opte voluntariamente por el sistema de IVA de
Caja tendrá que permanecer en él tres años.
4 ¿Qué sucede si antes de ese tiempo el empresario se
arrepiente y quiere volver al sistema anterior?
No será posible hasta trascurrido este plazo. Una vez
pasado esos tres años, puede volver al sistema en el que estaba acogido hasta
ahora.
5 Y si el empresario no se acoge ahora al IVA de Caja
y se arrepiente, ¿puede suscribirse después?
Sí, pero deberá tomar esa decisión en diciembre de
2014 y el nuevo régimen sería operativo en 2015 y así sucesivamente cada año.
6 ¿Qué significa el IVA de Caja? ¿Qué diferencias
tiene con el sistema actual?
Actualmente un empresario emite una factura a su
cliente con su correspondiente IVA y aunque no la haya cobrado, tiene que
tributar por ella. Por otro lado, si este mismo empresario recibe una factura
de un proveedor con su correspondiente IVA, también tributa aunque el
empresario en cuestión todavía no la haya pagado. Al trimestre realiza su
liquidación. Paga a Hacienda la diferencia resultante entre las facturas
emitidas y las facturas recibidas. Si esa diferencia es negativa puede
compensarla con el trimestre siguiente.
Con el IVA de Caja, el empresario no tiene que
adelantar el IVA de las facturas no cobradas pero tampoco puede deducirse las
facturas de los proveedores que no haya pagado. Por lo tanto, el IVA soportado
no lo podrá desgravar.
7¿Cumple el IVA de Caja con las expectativas de los
empresarios?
No. Desde que salió publicada la normativa del
Impuesto del Valor Añadido de 1992, los empresarios han reivindicado
continuamente no tener que liquidar el IVA de las facturas que aún no se habían
cobrado. Lo que, en ningún caso, esperaban es que tampoco se pudieran desgravar
el IVA de las facturas que no habían pagado. Esto ha sido una sorpresa para
todos.
8 ¿Qué consecuencias tiene para el empresario el nuevo
sistema de IVA de Caja?
Este sistema produce varios efectos. Primero, implica
aumentar las obligaciones formales y de control, debiendo anotar contablemente
el día exacto en que a un empresario le van a pagar y el día en el que el
empresario decide pagar para realizar las liquidaciones de acuerdo a este
criterio. Pero no es lo único.
Segundo, existirá en la contabilidad de las compañías
dos tipos de proveedores: los proveedores que se hayan acogido al IVA de Caja y
los que se mantengan en el sistema actual. Esta información puede ser un
instrumento para decidir cambiar de proveedores por el esfuerzo contable
añadido que generan, lo que podría dar lugar a una cierta discriminación.
9 ¿Por qué puede generar una cierta discriminación?
Existen grandes compañías que ya están diciendo que no
van a contratar a ningún proveedor que esté acogido al régimen de IVA de Caja
por varios motivos. Muchos empresarios que pagan a 30, 60 o 90 días no van a
poder deducirse el IVA de los proveedores acogidos al IVA de Caja si todavía no
les han pagado. Sólo podrán deducirse dicho IVA cuando les abonen en su
respetiva cuenta corriente el dinero de la factura. Además, esta nueva situación
obligará a las firmas a dotarse de nuevas herramientas de gestión informática y
algunos no están dispuestos a soportar el coste de implantación y exceso de
horas de trabajo de sus contables.
10 ¿Qué ocurre si el empresario se acoge al IVA de
Caja pero pasa un año y siguen sin pagarles las facturas? ¿Tiene igualmente que
pasar por Hacienda?
El contribuyente que se ha acogido al sistema de caja
no está exento de forma indefinida de ingresar el IVA devengado, sino que tiene
un plazo límite para hacerlo aunque no lo haya cobrado que es el 31 de
diciembre del año siguiente a la emisión de la factura.
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