Ir al contenido principal

ALQUILERES aumento ENERO 2013 Y OTROS DATOS ECONOMICOS

Sabia Vd.

- ÍNDICES ECONÓMICOS -

IPC GENERAL  Y ALQUILERES LOCALES COMERCIALES - interanual ENERO 2012 /  ENERO 2013: 2,7%                          

 Indice rúbrica Vivienda AlquilerENERO 2012/ ENERO 2013: 0,2 %




BOLSA

CAMBIOS DEL DÍA
EURIBOR
    FECHA
IBEX-35
DOW JONES

EURO/$

6 MESES
1 AÑO
14-01-2013
8.632,10
13.507,32
1,338
0,337
0,566
31-02-2013
8.362,30
13.860,58
1,357
0,378
0,620
08-02-2013
8.174,90
13.992,97
1,336
0,372
0,609
22-02-2013
8.179,00
14.000,57
1,319
0,352
0,581

MERCADO HIPOTECARIO

·         RSL de 1 de febrero de 2013. Determinados tipos de referencia oficiales del mercado hipotecario de ENERO 2013. BOE 02-02-13 (definición y forma cálculo Circular del BE 5/2012): MIBOR a 1 año: 0,575. EURIBOR a 1 año: 0,575  Interest Rate Swap (IRS) a 5 años: 0,992

·         Determinados tipos de referencia del mercado hipotecario de DICIEMBRE 2012 (RSL 18 de enero de 2013  BOE 19-01-2013) y ENERO de 2013 (RSL 20 de febrero de 2013 BOE 21-02-13) (definición y forma de cálculo Circular del BE 5/2012 de BOE 06-07-2012):

TIPOS DE REFERENCIA OFICIALES:                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                 
- Tipo medio préstamos hipotecarios a más de 3 años, para adquisición de vivienda libre,  concedidos por entidades de crédito en España: dic 3,023 y enero 3,216
- Tipo medio préstamos hipotecarios entre 1 y 5 años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por entidades de crédito en la Zona Euro: (referido al mes anterior): dic 3,180 y enero 3,240

OTROS TIPOS DE REFERENCIA: para préstamos contratados con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden EHA/2899/2011(BOE 29-10-11):

-       Tipo medio préstamos hipotecarios a más de 3 años,  para adquisición de vivienda libre, concedidos por  BANCO: dic 2,927% y enero 3,094 ; CAJAS DE AHORRO: dic 3,304 y enero 3,572


MEJORES TIPOS DE REFERENCIAS MERCADO HIPOTECARIO VIVIENDAS. Valor de vivienda de 150.000 euros  y 100.000 euros hipotecados.

TIPO
AÑOS
INTERÉS NOMINAL
CUOTA
GASTOS APERTURA
Hipoteca Azul  – Ibanesto. com
VARIABLE
20
Euribor 1 año + 2,64 %
565 €
0 %

Hipoteca Uno-e Uno-e

VARIABLE
30
EUR 1 año + 2,70  %
437 €
0 %

Comentarios

Entradas populares de este blog

¿PIERDO LA ANTIGUEDAD SI FIRMO UNA BAJA VOLUNTARIA Y FIRMO UN CONTRATO NUEVO INDEFINIDO?

Sabia Vd. Si despide a un empleado que antes de ser indefinido tuvo varios contratos temporales, ¿qué antigüedad deberá computar para calcular su indemnización? Indemnización. Su empresa va a efectuar un despido por causas objetivas. Dado que sabe que si se equivoca a la hora de calcular la indemnización el despido será declarado improcedente, le interesa conocer cuál es la forma correcta de calcularla si el trabajador despedido ha tenido varios contratos encadenados en su empresa. Encadenamiento. En general, si entre el último contrato temporal y el indefinido pasaron más de 20 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni festivos), para calcular la indemnización sólo deberá computar como antigüedad la duración del último contrato. ¡Atención! Sin embargo: Si ha pasado un plazo inferior, la indemnización se calculará atendiendo al inicio del contrato temporal. Asimismo, deberá computar como antigüedad la fecha del primer contrato si el laps...

Recientemente, el Tribunal Supremo, en su sentencia núm. 997/2024 de 9 de julio, ha establecido que los días de descanso semanal no pueden solaparse con los 14 festivos anuales establecidos sin que la empresa compense adecuadamente a los trabajadores.

¿Sabia Vd?.... El Tribunal Supremo confirma que los días de descanso no pueden coincidir con los festivos Recientemente, el Tribunal Supremo, en su sentencia núm. 997/2024 de 9 de julio, ha establecido que los días de descanso semanal no pueden solaparse con los 14 festivos anuales establecidos sin que la empresa compense adecuadamente a los trabajadores. Recientemente, el Tribunal Supremo, en su sentencia núm. 997/2024 de 9 de julio, ha establecido que los días de descanso semanal no pueden solaparse con los 14 festivos anuales establecidos sin que la empresa compense adecuadamente a los trabajadores. Esta resolución refuerza los derechos de los empleados, destacando la importancia de garantizar tanto el descanso semanal como los festivos laborales. Puntos clave de la sentencia Derecho a la compensación : Si el día de descanso semanal coincide con uno de los 14 festivos anuales, la empresa está obligada a compensar al trabajador, ya sea: Con un descanso equivalente en otro día. Median...

REVISTA INFORMACION DE SABIA VD DEL MES DE MARZO 2025

¿Sabia Vd?....      Estimado cliente le enviamos la revista de nuestro despacho y de la Red de despachos internacional de Iustime que somos socios y respesentantes en Valencia. Esperamos que sea de su interes, ya que trata de noticias y novedades juridicas que afectan a las empresas. Atentamente. REVISTA MES DE MARZO DESCARGA