¿Sabia Vd?... Los trabajadores que demoren su jubilación podrán cobrar un porcentaje adicional del 4% por cada año completo cotizado desde la fecha en que se cumplió la edad legal de jubilación. También podrán sustituir dicho incremento por una cantidad a tanto alzado por cada año completo adicional cotizado, o combinar ambas opciones. Como ya le hemos venido informando, la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones, que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2022 entre otras medidas, ofrece mejores beneficios a las personas que quieran demorar su jubilación. En esta circular le explicamos las principales ventajas. ¿Qué es la jubilación demorada? La jubilación voluntaria demorada es la posibilidad reconocida a las personas trabajadoras (por cuenta propia o ajena) de que, una vez cumplida la edad ordinaria de jubilación prolonguen su vida laboral, por lo que podrán acceder a una serie de beneficios en su futura pensión de jubilación. Novedades en...