¿Sabia Vd?.... Ponga especial atención si ha retenido en el IRPF de menos a algún trabajador Hacienda no puede exigirle retenciones no practicadas a sus trabajadores si éstos sólo han declarado la cuantía retenida. Si Hacienda detecta que su empresa ha retenido de menos a algún trabajador por causas no imputables a éste, verifique que no le hace pagar de más: Si el trabajador ha declarado todo su salario y sólo se ha deducido las retenciones que se le han practicado, Hacienda no habrá dejado de ingresar nada. Por tanto, no podrán exigirle la retención, pero sí intereses de demora (y sanciones, si se las aplican). En cambio, si el trabajador incluyó entre las retenciones deducidas la cuantía dejada de retener por su empresa (la ley permite deducir a los trabajadores no sólo las retenciones que se han soportado efectivamente sino todas las que la empresa les debería haber practicado), Hacienda sí puede exigirle el pago de las retenciones, además de intereses de demora y sanciones. N...