¿Sabia Vd?.... COVID-19: Se extiende la suspensión del régimen de disolución por pérdidas Con la aprobación del Real Decreto-ley 27/2021, de 23 de noviembre, se extiende la exclusión de las pérdidas económicas a efectos del cómputo de la causa legal de disolución del artículo 363.1.e) de la Ley de Sociedades de Capital, hasta el cierre del ejercicio del año 2022. La redacción anterior excluía la consideración de las pérdidas de 2020, mientras que, con esta nueva redacción, no se tendrán en cuenta tampoco las pérdidas económicas del ejercicio 2021. Cuando una sociedad sufre pérdidas que dejan reducido su patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social, se encuentra en causa de disolución. En ese caso los administradores deberán tomar medidas y convocar a los socios para que regularicen la situación. Dicha regularización puede realizarse aportando nuevos fondos, llevando a cabo una reducción de capital con compensación de pérdidas o bien, si no es posible aportar fon...