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Mostrando entradas de julio, 2025

No todo uso mixto impide la afectación en IRPF del vehículo profesional

¿Sabia Vd?.... No todo uso mixto impide la afectación en IRPF del vehículo profesional No todo lo que lleva ruedas y gasolina es sospechoso. Si tu furgoneta es tu herramienta de trabajo, tienes derecho a deducírtela en el IRPF. ¿Utilizas una furgoneta para tu actividad profesional? El TEAC ha dejado claro que no hace falta ser transportista para deducir gastos. Durante años, la interpretación rígida y restrictiva de la Administración sobre la afectación de vehículos a la actividad económica ha provocado que miles de profesionales -albañiles, fontaneros, electricistas y otros oficios- vieran cómo se les negaba sistemáticamente la deducción de los gastos asociados a su furgoneta o vehículo mixto, por no cumplir con el  requisito de uso exclusivo . Hoy le informamos de un  giro interpretativo relevante : el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), en resolución dictada el pasado 24 de junio (00/04214/2024),  desautoriza el criterio mantenido por la AEAT  y reco...