Ya está en vigor la nueva Directiva Europea que regula los servicios de pago ¿Cómo afecta a los consumidores y empresas?
¿Sabia Vd?....
El año 2018 trae
uno de los mayores cambios de los últimos años en la industria bancaria y
financiera, especialmente desde el punto de vista digital y de las aplicaciones
móviles. Desde el pasado 13 de enero de 2018, está en vigor la nueva directiva
comunitaria de servicios de pago, más conocida como PSD2 (Payment Service
Directive 2), que implica permitir el acceso a terceros a la infraestructura de
los bancos, y que entre otras novedades, elimina los cargos adicionales por
pagos con tarjeta o transferencias y regulan el funcionamiento de nuevos
servicios que operan a través de Internet o dispositivos móviles.
Queremos informarles que el pasado 13 de enero de
2018 entró en vigor la nueva Directiva (UE) 2015/236, más conocida como PSD2 (Payment Service Directive 2), relativa a
los servicios de pago, que sitúa al cliente como dueño de sus datos, al darle
mayor protección y capacidad de elección, y generará modelos de negocio
financieros distintos con nuevos actores y acelerará la digitalización del
sector. En definitiva, se trata de fomentar la innovación en la industria
financiera y hacer que los pagos sean más fáciles para los clientes.
La nueva norma:
- Prohibirá los recargos, que son gastos adicionales por los pagos con
tarjetas de crédito o débito de consumo, tanto en los establecimientos
comerciales como en línea;
- Abrirá el mercado de pagos de la UE a las empresas que ofrezcan
servicios de pago, sobre la base de su acceso a la información sobre la
cuenta de pago;
- Introducirá estrictos requisitos de seguridad en materia de pagos
electrónicos y de protección de los datos financieros de los consumidores;
- Reforzará los derechos de los consumidores en numerosos ámbitos,
tales como la reducción de la responsabilidad por los pagos no autorizados
y la introducción de un derecho de devolución incondicional («sin preguntas»)
para los adeudos domiciliados en euros.
- Limita la responsabilidad del consumidor en caso de un uso no
autorizado de su tarjeta de crédito, de modo que tendría que pagar solo 50
euros en lugar de los 150 actuales en el caso, por ejemplo, de que le sea
sustraída y utilizada antes de denunciar su robo.
Por otra parte, busca abrir el mercado a nuevos
operadores digitales, en concreto los servicios de iniciación de pagos, que
funcionan como intermediarios al ordenar transferencia por cuentas de clientes,
y los que permiten gestionar cuentas abiertas en diferente entidades en un solo
lugar.
Así, uno de los elementos más importantes de la
Directiva es que regulará el acceso de terceros proveedores (TPP, por sus
siglas en inglés) a las cuentas bancarias de sus clientes, aunque siempre con
la autorización del titular de la cuenta. Esto significa que permite que
nuestro banco o caja dé acceso a terceros a las cuentas de pagos que tenemos
dentro de la Unión Europea. Esto lo
lograrán a través de una API (Interfaces de programación de aplicaciones), que
facilitará la comunicación entre el comercio y el banco, lo que permitirá al
negocio/establecimiento ejecutar pagos en nombre del cliente a través de su
cuenta bancaria.
Hasta ahora, los TPPS tenían serias limitaciones
para acceder a los servicios de pago tradicionales de los bancos.
Atención. La
apertura de las redes de los bancos a terceros, conocida popularmente como
“Open Banking”, permitirá a los consumidores transferir fondos, comparar
productos y administrar sus cuentas fuera del entorno bancario. Adicionalmente,
Open Banking ayudará a la banca a llegar a nuevos clientes al permitirles
ofrecer productos financieros a través de terceros -como comercios y compañías
financieras tecnológicas (fintech)-. Por su parte, los comercios podrán acceder
a la información de las cuentas de pago e iniciar pagos en cuentas bancarias
sin la necesidad de un intermediario; siempre que el cliente acepte compartir
dicha información.
Este cambio normativo impulsará el desarrollo de
pagos innovadores online y con el móvil.
La
Comisión Europea adoptó además el 27 de noviembre dos regulaciones que precisan
y completan la Directiva, pero estas no entrarán en vigor hasta septiembre de
2019, previa aprobación por parte de la Eurocámara y los Estados.
De
una parte, la que rige los procesos de identificación del cliente obligará a
que los proveedores exijan al menos dos elementos de autentificación: algo que
el cliente sepa (como un código PIN), algo que posea (tarjeta física) o algo
que "sea" (como su huella dactilar).
De
otra, la que regula el intercambio de información entre los bancos y los nuevos
operadores digitales -como las "fintech" (las nuevas empresas que,
sin ser bancos, ofrecen servicios financieros utilizando para ello todo el
potencial que ofrecen las nuevas tecnologías) - y que pide a los primeros que
desarrollen interfaces de comunicación específicas con los segundos para que el
acceso sea fácil y seguro.
La
Directiva obliga a todos los estados miembros a transponer esta normativa a su
legislación nacional antes del 13 de enero de 2018. Sin embargo, algunas reglas
relacionadas con la autenticación de los usuarios y la seguridad en las
comunicaciones no entrarán en vigor hasta septiembre de 2018, y la
implementación de las mismas no podrá extenderse más allá del primer o segundo
trimestre de 2019.
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